REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Septimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, tres de abril de dos mil diecisiete
206º y 158º
ASUNTO: KP02-S-2017-001082
SOLICITANTES: ANTONIO RAFAEL RIVERO MENDOZA y BLANCA ROSA GARCIA DE RIVERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro.V-437.525 y V-1.244.537, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: ROSA VIRGINIA SUAREZ, inscrita en el I.P.S.A., bajo matricula N° 44.856.
Motivo: TITULO SUPLETORIO
En fecha 02/03/2017, se recibió en este despacho de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD Civil), solicitud de título supletorio, presentada por los ciudadanos ANTONIO RAFAEL RIVERO MENDOZA y BLANCA ROSA GARCIA DE RIVERO, ya identificados, mediante la cual indican que poseen una bienhechuría que consiste en una vivienda, que construyeron con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO PROPIO, Según consta en documento Inscrito bajo el número 2017.1065, Asiento Registral 1 del Inmueble Matriculado con el N°362.11.2.3.82.84 y correspondiente al libro de folio real del año 2017. Ubicada en la Urbanización Nueva Segovia, Parcela Distinguida con el N° 2-34, calle 07, entre carreras 2 y 3, Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del Estado Lara. Que mide CUATROCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (450,00M2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: en una extensión de 30 mts con inmuebles poseídos por Adelaida De Lovatis, Elisa De Patiño y Zerapio Vasquez. SUR: en una extensión de 30 mts con inmueble que posee Ernesto S. Perez. ESTE en una extensión de 15 mts con calle en proyecto actualmente calle 7 que es su frente. OESTE: en una extensión de 15 mts con inmuebles que posee Elisa De Patiño. La misma se admite en Derecho y se exhorta a tomar declaración de testigos que presente la parte interesada.
En fecha 15/03/2017, se procedió a escuchar los testigos que presentó la parte interesada, identificados como: VEGAS YEPEZ WILLIAMS EDUARDO y MONTERREY CASTILLO MENUEL E. venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.404.145 y V-9.543.878 respectivamente, f. 24.
Siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a analizar lo siguiente:
DECISION.
Con mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana y tomando en consideración las declaraciones de los testigos identificados en autos quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan
Tener DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de los ciudadanos ANTONIO RAFAEL RIVERO MENDOZA y BLANCA ROSA GARCIA DE RIVERO, antes identificados, asistidos por la Abogada ROSA VIRGINIA SUAREZ, inscrita en el I.P.S.A., bajo matricula N° 44.856 sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. Queda firme en esta misma fecha.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los TRES (03) DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO 2017. Años: 206° y 158º.
La Jueza Titular
Abg. Rosángela Mercedes Sorondo Gil La Secretaria Suplente
Abg. Orlannys Nataly Rodriguez
RMSG/ONR/yp
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Septimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, tres de abril de dos mil diecisiete
206º y 158º
ASUNTO: KP02-S-2017-001082
SOLICITANTES: ANTONIO RAFAEL RIVERO MENDOZA y BLANCA ROSA GARCIA DE RIVERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro.V-437.525 y V-1.244.537, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: ROSA VIRGINIA SUAREZ, inscrita en el I.P.S.A., bajo matricula N° 44.856.
Motivo: TITULO SUPLETORIO
En fecha 02/03/2017, se recibió en este despacho de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD Civil), solicitud de título supletorio, presentada por los ciudadanos ANTONIO RAFAEL RIVERO MENDOZA y BLANCA ROSA GARCIA DE RIVERO, ya identificados, mediante la cual indican que poseen una bienhechuría que consiste en una vivienda, que construyeron con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO PROPIO, Según consta en documento Inscrito bajo el número 2017.1065, Asiento Registral 1 del Inmueble Matriculado con el N°362.11.2.3.82.84 y correspondiente al libro de folio real del año 2017. Ubicada en la Urbanización Nueva Segovia, Parcela Distinguida con el N° 2-34, calle 07, entre carreras 2 y 3, Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del Estado Lara. Que mide CUATROCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (450,00M2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: en una extensión de 30 mts con inmuebles poseídos por Adelaida De Lovatis, Elisa De Patiño y Zerapio Vasquez. SUR: en una extensión de 30 mts con inmueble que posee Ernesto S. Perez. ESTE en una extensión de 15 mts con calle en proyecto actualmente calle 7 que es su frente. OESTE: en una extensión de 15 mts con inmuebles que posee Elisa De Patiño. La misma se admite en Derecho y se exhorta a tomar declaración de testigos que presente la parte interesada.
En fecha 15/03/2017, se procedió a escuchar los testigos que presentó la parte interesada, identificados como: VEGAS YEPEZ WILLIAMS EDUARDO y MONTERREY CASTILLO MENUEL E. venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.404.145 y V-9.543.878 respectivamente, f. 24.
Siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a analizar lo siguiente:
DECISION.
Con mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana y tomando en consideración las declaraciones de los testigos identificados en autos quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan
Tener DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de los ciudadanos ANTONIO RAFAEL RIVERO MENDOZA y BLANCA ROSA GARCIA DE RIVERO, antes identificados, asistidos por la Abogada ROSA VIRGINIA SUAREZ, inscrita en el I.P.S.A., bajo matricula N° 44.856 sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. Queda firme en esta misma fecha.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los TRES (03) DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO 2017. Años: 206° y 158º.
La Jueza Titular
(COPIA FIRMADA EN SU ORIGINAL)
Abg. Rosangela Sorondo Gil La Secretaria Suplente (COPIA FIRMADA EN SU ORIGINAL) Abg. Orlannys Nataly Rodriguez
La Suscrita, Secretaria Suplente del Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, CERTIFICA: Que la copia fotostática que antecede es exactamente igual al original que se encuentra en el asunto KP02-S-2017-1082, Certificación que se expide por mandato judicial de esta fecha. En Barquisimeto a los TRES (03) días del mes de ABRIL del 2017. Años: 206º y 158º.-
LA SECRETARIA SUPLENTE
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