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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
 
 Caracas, 03 de abril de 2017.
 206º   y   158°
 
 Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Declara ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos CARMEN LUISA DEL VALLE NARVAEZ DE GODOY, CARMEN LUISA GODOY NARVAEZ y JOSE RAMON GODOY NARVAEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad Nº V-2.086.591, V-12.060.164 y V-12.061.404, respectivamente, causahabiente del De-Cujus RAMON JOSE GODOY, quien en vida fue venezolano y  titular de la cédula de identidad Nº V-2.060.772, fallecido en fecha 20 de Enero del año 2017, en Caracas Parroquia San Jose, municipio libertador.
 Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por los solicitantes los fotostatos correspondientes.
 Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
 EL JUEZ.
 
 DR. RENAN JOSE GONZALEZ.
 
 EL SECRETARIO.
 
 EDWARD ALEJANDRO COLMENAREZ.
 
 Exp. 15-S-2017-353
 RJG/EAC/Kerlyn
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