REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, ocho (08) de agosto de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º

ASUNTO: KP02-S-2017-004447

Vista la anterior solicitud presentada por los ciudadanos DIOSELICE VEL PORTELES, JUSTA PASTORA PORTELES, NELSON ANTONIO PORTELES. MARIA YNMACULADA PORTELES, LEOBARDO JOSE PORTELES, PRIMOY DE LA MERCEDES PORTELES y CARMEN GRISELDA PORTELES, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 4.730.500, V-3.315.134, V-5.251.038, V-4.727.790, V-7.351.254, V-7.353.452 y V- 9.622.552, respectivamente, asistidos por la Abogada ISVETH CRESPO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 52.967, y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de los solicitantes la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un terreno EJIDO cuya ubicación, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de los ciudadanos DIOSELICE VEL PORTELES, JUSTA PASTORA PORTELES, NELSON ANTONIO PORTELES, MARIA YNMACULADA PORTELES, LEOBARDO JOSE PORTELES, PRIMOY DE LA MERCEDES PORTELES y CARMEN GRISELDA PORTELES, anteriormente identificados, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
La Jueza Provisoria,


Abg. DIOCELIS PEREZ BARRETO
LA SECRETARIA,


ABG. CECILIA NOHEMI VARGAS



DPB/LFR/JA.-