REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CENTRO NORTE
PALACIO DE JUSTICIA, SEDE VALENCIA, ESTADO CARABOBO.
Valencia, 14 de Agosto de 2017
Años: 207º y 158º
Expediente Nº 16.366
Visto el recurso contencioso administrativo de nulidad (querella funcionarial), interpuesto por el ciudadano PABLO RAMON RUIZ PALACIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.853.892, asistido por la Abogada en ejercicio NOHELY RUIZ PALACIOS, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.603.971, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 111.315, contra la Resolución N° 2017-16-02-15, correspondiente al expediente administrativo signado bajo la nomenclatura N° ECJ-001-10-2016, dictada en fecha 16 de febrero de 2017 por el Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental de Yaracuy (UNEY); considerando que este Tribunal es competente para conocer del asunto planteado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa administrativa; y por cuanto la querella cumple con los requisitos del artículo 95 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, se admite cuanto ha lugar en derecho.
En consecuencia, de conformidad con el artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, cítese a la ciudadana RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE YARACUY (UNEY), para la contestación dentro del lapso de quince (15) días de despacho, según el primer aparte del artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, una vez vencido el término de quince (15) días hábiles siguientes a que conste en autos la práctica de la última citación y notificación ordenadas de conformidad con el artículo 94 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, los cuales serán computados por días de despacho conforme al criterio establecido en la sentencia Nº 361 dictada por la Sala Político-Administrativo del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la Magistrada Mónica Misticchio Tortorella en el expediente Nº 2013-0218 (caso: Fisco Nacional) de fecha 19 de marzo de 2014, oportunidad ésta en la que se entenderá por citado, todo ello, aplicable supletoriamente a los estados de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público, se le conceden dos (02) días continuos como termino de la distancia, de conformidad con el artículo 205 del Código de Procedimiento Civil con copia certificada de todo el expediente.
Solicítese igualmente al ente querellado la remisión de copia certificada del expediente administrativo relacionado con el caso, lo cual se verificará en el lapso que establece el artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. Asimismo, se advierte que la omisión o retardo de dicha remisión acarreará la sanción establecida en el artículo 79 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
De igual manera, de conformidad con lo establecido en el artículo 78 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se ordena notificar, al ciudadano PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, al ciudadano MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, y al ciudadano DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE YARACUY (UNEY), con anexo de copia del libelo y auto de admisión.
Se le conceden dos (02) días continuos como termino de la distancia, de conformidad con el artículo 205 del Código de Procedimiento Civil, a los ciudadanos PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA y MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR.
Por lo que respecta a la Amparo Cautelar solicitado, el Tribunal proveerá lo conducente una vez que la parte solicitante aporte los fotostatos del libelo y del auto de admisión, necesarios para la apertura del Cuaderno de Medida.
El Juez Superior,
Abg. LUIS ENRIQUE ABELLO GARCÍA
La Secretaria,
Abg. DONAHÍS VICTORIA PARADA MÁRQUES
Exp. Nº 16.366 En la misma fecha se libraron los oficios Nros. 1841, 1842, 1843, 1844, despacho de comisión Nº ___________/1845, despacho de comisión N°____________/1846.
La Secretaria,
Abg. DONAHÍS VICTORIA PARADA MÁRQUEZ
LEAG/Dvpm/jser
Telf. 0241-8353568
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