| 
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, catorce (14) de diciembre de dos mil diecisiete (2017)
 207º y 158º
 
 ACTA
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2017-001504
 PARTE DEMANDANTE: MARIMAR ROJAS HUERFANO
 APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: RICARDO ARTURO NAVARRO URBAEZ, NORYS AURISTEL BORGES y GLADYS MARÍA DEL VALLE RODRÍGUEZ BOGADY
 PARTE DEMANDADA: BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A.
 APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: BIANCA ROSA PÉREZ BIZZARO
 MOTIVO: DEMANDA POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
 
 Hoy, 14 de diciembre de 2017 día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la incomparecieron a la misma de la parte Demandante ciudadana MARIMAR ROJAS HUERFANO, cédula de identidad NºV-12.293.418, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno y se deja constancia de la comparecencia de la parte Demandada sociedad mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A.; su apoderada judicial, abogado BIANCA ROSA PÉREZ BIZZARO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº150.283, acreditación que consta en autos. En consecuencia y con vista a la incomparecencia de la parte Demandante, y de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. No hay condenatoria en costas.  PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 207° y 158°.
 
 La Jueza
 
 Abog. Mariela de Jesús Morales Soto
 
 Apoderada Judicial de la parte Demandada
 
 La Secretaria
 Abog. Ana Victoria Barreto
 
 |