REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diez de febrero de dos mil diecisiete
206º y 157º
ASUNTO : KP02-F-2015-001053
Revisadas como han sido las actas procesales sin que se ejerciera recurso alguno contra el fallo dictado, este Tribunal declara definitivamente firme la sentencia de fecha 02 de febrero de 2017. En consecuencia, se ordena su ejecución en los términos establecidos en la ley, a fin de que surta sus efectos legales, y se ordena expedir por Secretaría cinco (05) juegos de copias certificadas de dicho fallo con inserción del presente auto, y con oficio remítanse tres (03) a los funcionarios correspondientes a los fines de dar cumplimiento a lo previsto en la Ley, y entréguense las restantes a la parte interesada. Dichos fotostatos los certificará la Secretaría de este Juzgado de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense las copias y los oficios correspondientes.
LA JUEZ
ABG. DIOCELIS PEREZ BARRETO
LA SECRETARIA
ABG. CECILIA NOHEMI VARGAS
Se insta a los solicitantes a la consignación de las copias fotostáticas correspondientes para librar los oficios y las certificaciones respectivas.
LA SECRETARIA
ABG. CECILIA NOHEMI VARGAS
DJPB/CNV