REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Carora, dieciséis de febrero de dos mil diecisiete
206º y 157º
ASUNTO Nº KP12-S-2016-000064.
Solicitantes: JOSÉ DE LA CHIQUINQUIRÁ SUÁREZ y LEINY MARILÍN GÓMEZ LEAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 10.760.199 y V- 16.768.354, respectivamente, ambos de éste domicilio.
Abogada Asistente de los solicitantes: MARITZA SUÁREZ DE HERRERA, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 192.787.
Motivo: Con Lugar La Solicitud de Divorcio por el Artículo 185-A del Código Civil.
Vista la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil Venezolano, recibida por éste Tribunal en fecha Doce (12) de Febrero del año Dos Mil Dieciséis (2016), presentada por los ciudadanos JOSÉ DE LA CHIQUINQUIRÁ SUÁREZ y LEINY MARILÍN GÓMEZ LEAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 10.760.199 y V- 16.768.354, respectivamente, ambos de éste domicilio; asistidos por la Abogada MARITZA SUÁREZ DE HERRERA, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 192.787; en relación a la disolución del vínculo conyugal que mantienen, alegando que tienen más de cinco (05) años de ruptura prolongada de la vida matrimonial en común, que durante la unión conyugal procrearon un hijo de nombre JOSÉ ENRIQUE SUÁREZ GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, y que no adquirieron bienes. Admitida la solicitud en fecha primero (01) de Marzo de 2016, se libró Edicto. En fecha dieciocho (18) de Marzo de 2016, fue consignado el ejemplar de El Caroreño, donde consta la publicación del Edicto. El día 19 de Enero de 2017, se libró boleta de citación al Fiscal del Ministerio Público. El día 30 de Enero de 2017, el Alguacil del Tribunal consignó Boleta de Citación al Fiscal del Ministerio Público con competencia en familia, debidamente firmada por el Abogado HERNARDO CASTILLO.
Este Tribunal para decidir observa:
Por cuanto se encuentran llenos los requisitos establecidos en el artículo 185-A del Código Civil y las partes están contestes en afirmar que tienen más de Cinco (05) años separados de hecho y citado el ciudadano Fiscal del Ministerio Público, no objetó nada que desvirtuara lo alegado en la solicitud, motivo por el cual este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO por el articulo 185-A del Código Civil, realizada por los ciudadanos JOSÉ DE LA CHIQUINQUIRÁ SUÁREZ y LEINY MARILÍN GÓMEZ LEAL, antes identificados, en relación a la disolución del vinculo matrimonial. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia Montes de Oca, Municipio Bolivariano G/D Pedro León Torres del Estado Lara, en fecha 22 de Agosto de 1997, inserta bajo el Nº 05, folio 008 frente, en uno de los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante ese Despacho. SEGUNDO: Por cuanto la presente Sentencia declara un nuevo Estado Civil, se ordena la publicación de un extracto de ella en un periódico de la localidad, dando cumplimiento al artículo 507 del Código Civil y a la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 13 de Marzo del 2014. Líbrese Edicto.
Expídanse copias certificadas de esta Sentencia a los interesados y envíense las necesarias a las Autoridades Civiles competentes a los fines legales consiguientes. Expídase copia certificada por Secretaría y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora a los dieciséis (16) días del mes de Febrero de 2017. Años: 206º y 157º.
El Juez,
Abg. Rafael José Martínez Rivero
La Secretaria,
Abg. Migdaly Lozada de Uchelo
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 09/2017, de la Sentencias definitivas dictadas por este Tribunal, se publicó siendo la 1:10 p.m., se expidió copia certificada para archivo y se libró extracto de la sentencia.
La Secretaria,
Abg. Migdaly Lozada de Uchelo
EXTRACTO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Carora, dieciséis de Febrero de dos mil diecisiete.
206º y 157º
SE HACE SABER:
A todo aquel que tenga interés directo y manifiesto en el Asunto Nº KP12-S-2016-00064, que este Tribunal por sentencia de esta misma fecha (16/02/2017), declaró el Divorcio, y en consecuencia disuelto el vínculo conyugal que existía entre los ciudadanos JOSÉ DE LA CHIQUINQUIRÁ SUÁREZ y LEINY MARILÍN GÓMEZ LEAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 10.760.199 y V- 16.768.354, respectivamente, ambos de éste domicilio. Publicación que se hace, a los fines de que se ejerza el recurso legal correspondiente, conforme a lo dispuesto en el artículo 507 del Código Civil y a la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 13 de Marzo del año 2014.
El Juez,
Abg. Rafael José Martínez Rivero
La Secretaria,
Abg. Migdaly Lozada de Uchelo
Asunto: KP12-S-2016-000064.
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