REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de febrero de dos mil diecisiete
206º y 157º
ASUNTO: KP02-V-2017-000266
DEMANDANTES: Cesar Alonso Bejarano Segura y Luis Alonso Bejarano Segura, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 7.445.769 y 14.513.003 respectivamente,
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: Edgar Arquímedes, Inpreabogado Nº 133.335.
DEMANDADOS: Santiago Manuel Amaro y María Romelia Medina de Amaro, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 5.257.549 y 7.593.188, respectivamente
MOTIVO: Reconocimiento de Documento Privado (Declinatoria de Competencia por grado de jurisdicción)

Vista la demanda de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO presentada por los ciudadanos CESAR ALONSO BEJARANO SEGURA y LUIS ALONSO BEJARANO SEGURA, asistido por el abogado Edgar Arquímedes, contra los ciudadanos SANTIAGO MANUEL AMARO y MARIA ROMELIA MEDINA DE AMARO, todos arriba identificados, este Tribunal observa que conforme lo dispone la Sentencia N° 442, de fecha 11-07-2002, dictada por la Sala Especial Agraria, el conocimiento del presente asunto corresponde a los Juzgados de Primera Instancia Agraria, en forma exclusiva y excluyente, mas aun del Título de Adjudicación Socialista Agrario y Carta de Registro Agrario, que cursa a los folios 16 y 17 fte y vto, del cual se evidencia su vocación agrícola, de conformidad con el artículo 305 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y el artículo 197 Numeral 1 y 15 de la Ley de Tierra y Desarrollo Agrario, razón por la cual este Tribunal se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente demanda en razón de la materia. En consecuencia, una vez precluya el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil sin que se interponga el recurso de ley contra la presente decisión, se procederá a remitir la presente causa a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos para su distribución entre los Juzgados de Primera Instancia Agraria del Estado Lara.
La Juez Provisoria,

Abg. Milagro de Jesús Vargas
La Secretaria,

Abg. Mariani Selena Linares Peraza
MJV/Ihp.-