REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 31 de Julio de 2017
207º y 158º
Revisadas como ha sido las actuaciones insertas al presente Cuaderno de Medidas, éste Tribunal especial agrario observa que, por auto del 17 de Julio de 2017 fue agregado Oficio Nº UR-CA-2017-0907 (Folios 328-329) de fecha 12 de Julio del presente año, emanado de la Coordinación Regional de la Defensa Publica del estado Carabobo, mediante el cual se designa a la abogada Nayibe Pinto, Defensora Pública Auxiliar Segunda. En ese sentido, esta Primera Instancia Agraria en garantía de los principios constitucionales referidos al Debido Proceso y Eficacia Procesal, ordena el desglose del señalado oficio acordándose sea agregado a la Pieza Principal Nº 02 del expediente signado con el Nº JAP-218-2013; previa refoliatura del presente Cuaderno de Medidas. Asimismo, se deja sin efecto el auto de fecha17 de Julio de 2017. Del mismo modo; vista la diligencia del 25-07-2017, mediante la cual la abogada Cielo Eliett Viamonte, identificada en autos solicita se le expidan copias certificadas de los folios del 106 al 112, de la diligencia y del auto que las provee, en consecuencia este Tribunal acuerda lo solicitado, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, norma adjetiva aplicada supletoriamente. Cúmplase con lo ordenado.
El Juez
ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ
La Secretaria
ABG. MARIANGEL MENDOZA
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En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria
ABG. MARIANGEL MENDOZA
Exp. Nº. JAP-218-2013
JGRG/MM