REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
EXTENSION EL TOCUYO
207° y 158°
VEINTISEIS (26) DE JULIO DE DOS MIL DIECISIETE (2017)
SOLICITUD Nº 17-644-A2
SOLICITANTE: RAUL ANTONIO ANGULO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.980.369, domiciliado en el caserío La Mesita parte baja, El tocuyo, Parroquia Bolívar, Municipio Moran del estado Lara.
APODERADO: NO ACREDITO APODERADO.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
SINTESIS DE LA SOLICITUD:
Vista la solicitud presentada por ante este despacho en fecha 06 de Junio del 2017, por el Abogado en ejercicio Francisco Ramón Pérez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 153.095, mediante la cual solicitó se le otorgue TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, sobre unas bienhechurías descritas en el escrito de la solicitud (folios 01 al 07), enclavadas Un lote de terreno propiedad del INTI, ubicado en El Caserío La Mesita parte baja El Tocuyo, Parroquia Bolívar, Municipio Moran estado Lara,, el cual cuenta con una superficie aproximada de NUEVE MIL DOSCIENTOS CON SETENTA Y OCHO CON CERO METRO (9.278,62 Mts2), cuyos linderos son , NORTE: colinda con talud, el cerro en línea recta con una medida de 117,43 mts; con puntos P1-P2; SUR: colinda con Pedro Escalona, en línea recta con una medida de 37, 86 mts, con los puntos P3-P4, seguido de una línea irregular, con los puntos P4- P5, con una medida de 53,15 mts, para finalizar en líneas recta con los puntos P5- P6, con una medida de 66,03 mts, para u total de 157,04 mts. ESTE: colinda con quebrada Guajirita, en línea recta con los puntos P2-P3, con una medida de 59,41 mts; OESTE: colinda con Félix Linares, en línea recta con los puntos O6-P7, con una medida de 65,19 mts, seguido de una línea irregular con los puntos P7-P1, con una medida de 20,00 mts, par un total de 85,19 mts. Las referidas bienhechurías las ha poseído en forma quieta pacifica, no interrumpida, no equivoca y siempre con animo de dueño delante de todos como suyas propias. Para lo cual solicito se interrogará a los testigos que presentara en su oportunidad.
ANTECEDENTES
En fecha 08 de Junio de 2017, este Tribunal ordeno darle entrada por secretaria la presente solicitud y se le asigno la siguiente nomenclatura particular llevada por este Tribunal SOLICITUD Nº 17-644-A2. Asimismo admitió a sustanciación la presente solicitud y fijo oportunidad para la evacuación de testigos. (Folio 08).
En fecha 25 de Julio de 2017, oportunidad fijada para la inspección judicial y evacuación de testigos, se desprende el acta levantada el siguiente testimonio:
“…OMISIS… se procede hacer el recorrido por el lote de terreno objeto de la presente, en una superficie de NUEVE MIL DOSCIENTOS CON SETENTA Y OCHO CON CERO METRO (9.278,62 Mts2), se deja constancia de la existencia de una casa unifamiliar con huerto familiar, consistente de árboles frutales, limón, cambur, cilantro, maíz, con las siguientes características: techo de zinc, paredes de adobe frisada, pintura de caucho, piso de cemento gris y la otra parte rustico, electricidad interna, puerta (03) puerta metálicas con cerraduras cisa, cinco (05) ventanas con su protector, tres (039 habitaciones, una (01) sala, una (01) cocina, un (01) baño con su respectiva batería de baño, cercada de alambre de púas, con servicios de agua y luz. cuyos linderos son los siguientes, NORTE: colinda con talud, el cerro en línea recta con una medida de 117,43 mts; con puntos P1-P2; SUR: colinda con Pedro Escalona, en línea recta con una medida de 37, 86 mts, con los puntos P3-P4, seguido de una línea irregular, con los puntos P4- P5, con una medida de 53,15 mts, para finalizar en líneas recta con los puntos P5- P6, con una medida de 66,03 mts, para u total de 157,04 mts. ESTE: colinda con quebrada Guajirita, en línea recta con los puntos P2-P3, con una medida de 59,41 mts; OESTE: colinda con Félix Linares, en línea recta con los puntos O6-P7, con una medida de 65,19 mts, seguido de una línea irregular con los puntos P7-P1, con una medida de 20,00 mts, par un total de 85,19 mts. Se procede a evacuar los testigos promovidos por la parte solicitante a los ciudadanos: WILIAM RAMON PEREZ LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 15.093.174 y JOSE RAFAEL BRITO COLMENARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 15.273.524, las cuales fueron debidamente juramentados. Seguidamente, el Tribunal procede a evacuar la testimonial de la ciudadana: WILIAM RAMON PEREZ LOPEZ, antes identificada, en relación a los siguientes particulares: PRIMERA PREGUNTA: Que digan los testigos si me conocen suficientemente de vista, trato y comunicación desde hace tiempo al ciudadano: RAUL ANTONIO ANGULO? El testigo respondió: Si desde hace tiempo. Es Todo. SEGUNDA PREGUNTA: Si por ese conocimiento que dicen tener del solicitante, saben y les consta que ha construido a su sola y única expensa las bienhechurías anteriormente determinadas y deslindadas, habiendo pagado los materiales y la mano de obra empleada en ella? El testigo respondió: Si me consta. Es Todo. TERCERA PREGUNTA: Si pueden dar fe que le costo total de la construcción asciende a la cantidad de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES, (Bs. 800.000,00). El testigo respondió: Si así es. Es todo. CUARTA PREGUNTA: Que los testigos den razón fundada de sus dichos. El testigo respondió: Si me consta. Es Todo. De esta manera se procede a evacuar la testimonial del ciudadano JOSE RAFAEL BRITO COLMENARES, antes identificada, en relación a los siguientes particulares: PRIMERA PREGUNTA: Que digan los testigos si me conocen suficientemente de vista, trato y comunicación desde hace tiempo al ciudadano: RAUL ANTONIO ANGULO? El testigo respondió: Si así es. Es Todo. SEGUNDA PREGUNTA: Si por ese conocimiento que dicen tener del solicitante, saben y les consta que ha construido a su sola y única expensa las bienhechurías anteriormente determinadas y deslindadas, habiendo pagado los materiales y la mano de obra empleada en ella? El testigo respondió: Si me consta. Es Todo. TERCERA PREGUNTA: Si pueden dar fe que le costo total de la construcción asciende a la cantidad de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES, (Bs. 800.000,00). El testigo respondió: Si así es. Es todo. CUARTA PREGUNTA: Que los testigos den razón fundada de sus dichos. El testigo respondió: Si me consta. Es Todo. Cumplida como ha sido la presente inspección Judicial y realizada la evacuación de los testigos promovidos, este Tribunal ordena el regreso a su sede natural siendo las 1:45 p.m., es todo, se terminó, se leyó y conformes firman.…OMISIS...”
Para decidir este Tribunal observa:
UNICO: Tomando en consideración las bienhechurías descritas en el escrito de la solicitud adminiculándola con la inspección judicial y la evacuación de testigos de los ciudadanos: LUIS WILIAM RAMON PEREZ LOPEZ y JOSE RAFAEL BRITO COLMENARES, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 15.093.174 y V-15.273.524, respectivamente, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD sobre las bienhechurías anteriormente descritas en el escrito de la solicitud, a favor de RAUL ANTONIO ANGULO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.980.369, domiciliado en el caserío La Mesita parte baja, El tocuyo, Parroquia Bolívar, Municipio Moran del estado Lara, el cual cuenta con una superficie aproximada de NUEVE MIL DOSCIENTOS CON SETENTA Y OCHO CON CERO METRO (9.278,62 Mts2),cuyos linderos son , NORTE: colinda con talud, el cerro en línea recta con una medida de 117,43 mts; con puntos P1-P2; SUR: colinda con Pedro Escalona, en línea recta con una medida de 37, 86 mts, con los puntos P3-P4, seguido de una línea irregular, con los puntos P4- P5, con una medida de 53,15 mts, para finalizar en líneas recta con los puntos P5- P6, con una medida de 66,03 mts, para u total de 157,04 mts. ESTE: colinda con quebrada Guajirita, en línea recta con los puntos P2-P3, con una medida de 59,41 mts; OESTE: colinda con Félix Linares, en línea recta con los puntos O6-P7, con una medida de 65,19 mts, seguido de una línea irregular con los puntos P7-P1, con una medida de 20,00 mts, par un total de 85,19 mts Advirtiendo que la presente solo podrá ser registrada con debida autorización del propietario del lote de terreno sobre el cual se encuentran enclavadas dichas bienhechurías, o de la Procuraduría General de la República o en su defecto del Instituto Nacional de Tierras (INTI). Devuélvase las actuaciones a la parte interesada y déjese copia de la presente solicitud. Es todo.
La Jueza;
Abog. Ana Cecilia Acosta M
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La Secretaria
Abog. Aura Rosa Molina F.
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