REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
ACTA AUDIENCIA PRELIMINAR
ASUNTO: KP02-L-2014-407
PARTE ACTORA: OTTO RAFAEL MENDOZA MENDOZA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. 3.538.316.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE: JORGE RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado con el Nro. 90.085.
PARTE DEMANDADA: GOBERNACION DEL ESTADO LARA.
APODERADO JUDICIAL DE LAS PARTES DEMANDADAS: LUCIA DIAZ, inscrita en el Inpreabogado con el Nro. 23.498 (Procuraduría General del Estado Lara).
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, veintiuno (21) de julio del 2017, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja constancia de la comparecencia, por la parte demandada GOBERNACION DEL ESTADO LARA, concurre la Abg. LUCIA DIAZ, inscrita en el Inpreabogado con el Nro. 23.498 (Procuraduría General del Estado Lara). Asimismo, se deja constancia de la Incomparecencia a esta Audiencia de la parte demandante OTTO RAFAEL MENDOZA MENDOZA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V-3.538.316, ni por si ni por medio de apoderado judicial o representante legal alguno, según información suministrada por el Alguacil CESAR ALVARADO, encargado de anunciar la audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Así se decide. Se leyó y conformes firman.-
La Juez Temporal,
Abg. María Fernanda Chaviel López
La Secretaria, Abg. María García
Parte Demandada
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