REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 20 de junio de 2017
207º y 158º


ASUNTO: KP02-V-2017-000557

DEMANDANTE: ALIRIO JOSE BRITO ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-11.785.213, de este domicilio.
DEMANDADO: XIURIMAY YADIRA ALEJOS ESCOBAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.445.757, de este domicilio.
BENEFICIARIO: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE), de nueve (09) años de edad.
FECHA DE NACIMIENTO: 06/06/2008.
MOTIVO: DIVORCIO CONTENCIOSO, Desistido de conformidad con el artículo 477 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

En fecha trece (13) de Junio de 2017, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia de Sustanciación, entre los ciudadanos ALIRIO JOSE BRITO ALVAREZ y XIURIMAY YADIRA ALEJOS ESCOBAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas Nºs V-11.785.213y V-7.445.757, respectivamente, previo anuncio por el alguacil de este Circuito Judicial, se deja expresa constancia que no comparecieron ninguna de las partes, personalmente en el acto, por lo que la ciudadana Juez Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Isabel Victoria Barrera Torres, procediendo conforme lo dispuesto en el artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de forma inmediata dicto la Sentencia en forma Oral y profiriendo el fallo declarando el desistimiento de la actora al procedimiento.
DISPOSITIVA
En virtud de la inasistencia de ambas partes a la fase de Sustanciación de la Audiencia Preliminar, este tribunal conforme lo establecido en el artículo 477 de la ley especial que rige la materia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Desistida la demanda por DIVORCIO CONTENCIOSO incoada por el ciudadano ALIRIO JOSE BRITO ALVAREZ, en contra el ciudadana XIURIMAY YADIRA ALEJOS ESCOBAR, quedando extinguida la Instancia, pudiendo el demandante presentar nuevamente la demanda trascurrido que sea el lapso de un mes.
Regístrese, Publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, a los veinte (20) días del mes de Junio de dos mil diecisiete (2017). Años 207º y 158º.

La Juez Primera de Primera Instancia Mediación y Sustanciación,

Abg. Isabel Victoria Barrera Torres
La Secretaria,


En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1144-2017 y se publicó siendo las 03:31 p.m.
La Secretaria,


IVBT//EDUARDO
ASUNTO: KP02-V-2017-000557
Motivo: Divorcio Contencioso