REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 07 de Marzo de 2017
206° y 158°
Asunto: KP01-S-2016-028953.-

De la revisión exhaustiva del presente asunto, se evidencia un error material en la Boleta de Notificación librada en fecha 24 de Febrero de 2017, al Imputado de Autos, ciudadano JOAN FRANCISCO LA CRUZ CASTELLANOS, suficientemente identificado, cuya copia riela al folio 227, la cual fue expedida involuntariamente a nombre del ciudadano José Daniel Peña Suarez, titular de la cédula de identidad número (...), quien no guarda relación con el asunto, por lo que, es procedente rectificar dicho error y emitir nueva Boleta de Notificación con el nombre correcto del presunto agresor, JOAN FRANCISCO LA CRUZ CASTELLANOS, quien es venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad personal número (...), en aplicación a lo establecido por el artículo 176 del Código Orgánico Procesal Penal, del siguiente tenor:

Artículo 176. _ Renovación, Rectificación o Cumplimiento.
“…Los actos defectuosos deberán ser inmediatamente saneados, renovando el acto, rectificando el error, o cumpliendo el acto omitido, de oficio o a petición del interesado. Bajo pretexto de renovación del acto, rectificación del error o cumplimiento del acto omitido, no se podrá retrotraer el proceso a períodos ya precluidos, salvo los casos expresamente señalados por este Código…”

En consecuencia, líbrese la correspondiente Boleta de Notificación.
ABG. NELSON EDGARDO ASCANIO VALENZUELA
Juez Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas, con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer, de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

ELISANGELA MOGOLLON VIVONE
Secretaria