REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara - sede Barquisimeto.

Barquisimeto, 27 de Marzo de 2017
206º y 157º
ASUNTO: KP02-V-2015-002201

Demandante: JAVIER ENRIQUE RODRIGUEZ GUEDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.809.355.
Demandados: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES)

Beneficiarios: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES)


FECHA DE ENTRADA:18/08/2015
Motivo: ACCION MERO DECLARATIVA, Desistido de conformidad con el artículo 477 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

De los hechos
En fecha 23 Marzo de 2017, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia de preliminar en fase de sustanciación, fijada en acta de fecha 03 de Marzo de 2.017, entre el ciudadano JAVIER ENRIQUE RODRIGUEZ GUEDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.809.355 contra las adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES) . respectivamente, previo anuncio por el alguacil de este Circuito Judicial, se deja expresa constancia que ninguna de las partes comparecieron personalmente en el acto, por lo que la ciudadana Juez Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Isabel Victoria Barrera Torres, procediendo conforme lo dispuesto en el artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de forma inmediata dicto la Sentencia en forma Oral y profiriendo el fallo declarando el desistimiento de la actora al procedimiento.
Dispositiva
En virtud de la inasistencia de ambas partes a la fase de sustanciación de la Audiencia Preliminar, este tribunal conforme lo establecido en el articulo 477 de la ley especial que rige la materia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Desistida la demanda de ACCION MERO DECLARATIVA, incoada por el ciudadano JAVIER ENRIQUE RODRIGUEZ GUEDEZ contra de las adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES) quedando extinguida la Instancia, pudiendo la demandante presentar nuevamente la demanda trascurrido que sea el lapso de un mes. Dada, sellada y firmada en Barquisimeto 27 de Marzo de Dos Mil diecisiete (2017). Años 206º y 157º.

LA JUEZ PRIMERA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACION
Abg. ISABEL VICTORIA BARRERA TORRES


La Secretaria


En la misma fecha se público y se registro quedando anotada bajo el Nº0570-2017, siendo las 03:18 p.m.
La Secretaria




KP02-V-2015-002201
IVBT/Abg.Lourdes.-