REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de marzo de dos mil diecisiete
206º y 158º
ASUNTO: KP02-F-2017-000173
Vista la solicitud intentada por la ciudadana KATERIN VANESSA RODRIGUEZ SEQUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 20.044.229, asistida por la Abogada Ninoska Thais Gutiérrez Hernández, Inpreabogado Nº 115.324; mediante la cual pretende el ABANDONO VOLUNTARIO de conformidad con lo establecido en el artículo 185 en su ordinal 1º del Código Civil Vigente, este Tribunal observa:
UNICO:
Habida consideración que del libelo presentado por la ciudadana Katerin Vanessa Rodríguez Sequera antes identificada, se evidencia fehacientemente que no fue señalado legitimado pasivo alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 340 numeral 2 del Código del Procedimiento Civil, lo que se traduce a una inadecuada conformación de la relación jurídica procesal, la cual es de estricto orden público, y, siendo que, la pretensión debió ser intentada por la vía del procedimiento ordinario y no por vía especial de solicitud, correspondiendo a la parte interesada invocar el mismo; razón por la cual, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, declara INADMISIBLE la presente solicitud de acuerdo al artículo 341 ibídem.
Devuélvase el documento original consignado, dejando en su lugar copia certificada del mismo.
Regístrese y Publíquese. Archívese el expediente. Déjese copia certificada del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los dos días del mes de marzo de dos mil diecisiete (2017). Años: 206º y 158º.
La Juez Provisoria,
Abg. Milagro de Jesús Vargas
La Secretaria,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza
MJV/Ihp.-
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