REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de marzo dos mil diecisiete (2017)
Años 206º y 158º

ACTA DE INSTALACION AUDIENCIA PRELIMINAR
ASUNTO NRO. KP02-L-2014-001595
PARTE DEMANDANTE: el ciudadano TOMAS DE CANTORBERI VARGAS TURKIEWICZ, titular y portador de la Cédula de Identidad V- 16.974.662.
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDANTE: NO COMPARECIÓ.
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S).
ABOGADA DE LA PARTE DEMANDADA: la ciudadana AURA JOSEFINA CAMACARO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.26.265.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, viernes diecisiete de marzo dos mil diecisiete (2017), a las nueve de la mañana (09:00 A.M.), siendo el día y la hora para que tenga lugar la celebración de la Instalación de la Audiencia Preliminar correspondiente al presente asunto, se paso anunciar la misma por el ciudadano Alguacil CESAR ALVARADO, la parte actora el ciudadano TOMAS DE CANTORBERI VARGAS TURKIEWICZ, titular y portador de la Cédula de Identidad V- 16.974.662, no hizo acto de presencia ni por si ni por apoderado judicial. Así mismo, se hace constar que por la parte demandada INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S), hizo acto de presencia su apoderada judicial la ciudadana AURA JOSEFINA CAMACARO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.26.265, quien consigna copia de documento poder en cinco (05) folios; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.-
LA JUEZA,

ABOG. MÓNICA TRASPUESTO RUIZ.

LA PARTE DEMANDADA,
EL ALGUACIL,

LA SECRETARIA,
ABOG. MARIBEL MOLINA.