REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.Caracas, veinticinco (25) de mayo de dos mil diecisiete (2017)Años 207º y 158º
Expediente Nº AP71-R-2014-001246 (534)
Vencido como se encuentra el lapso de allanamiento establecido en el artículo 86 del Código de Procedimiento Civil, se ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados Superiores en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que una vez distribuido se siga conociendo del recurso ordinario de apelación, así como de las copias certificadas de las actuaciones relativas a la inhibición planteada en fecha 19 de mayo de 2017, a los fines de que sea decidida dicha inhibición, abriéndose el respectivo cuaderno de la incidencia. Líbrense los oficios correspondientes. Cúmplase.-
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria Titular
Abg. María Elvira Reis.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
La Secretaria Titular
Abg. María Elvira Reis.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veinticinco (25) de mayo de dos mil diecisiete (2017)Años 207º y 158º
Expediente Nº AP71-R-2014-001246 (534)
Tal y como fue ordenado por auto de esta misma fecha, se abre la pieza que se denominará “cuaderno de inhibición” todo ello con motivo de la Inhibición planteada en el juicio por DAÑO MORAL siguen los ciudadanos JULIO ARMANDO WISSAR AGUIRRE y YUDDY LANAO de WISSAR contra la entidad bancaria CORP BANCA, C.A., BANCO UNIVERSAL, fusionada por absorción con el BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO (BOD), BANCO UNIVERSAL y los ciudadanos GIUSEPPE NIGRO IACOPELA, HILDA MAGALY BLANCO de NIGRO, JOSÉ ANTONIO NIGRO y MAGALY NIGRO de BRUGADA. Asimismo, se ordena testar la foliatura del expediente, conforme a lo previsto en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria Titular
Abg. María Elvira Reis.
Asimismo, se corrigió la foliatura del expediente, salvándose el folio 02. Todo ello conforme a lo establecido en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Se deja constancia que lo testado NO VALE.-
La Secretaria Titular
Abg. María Elvira Reis.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veinticinco (25) de mayo de dos mil diecisiete (2017)Años 207º y 158º
OFICIO N° 2017-A-
UNIDAD DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE DOCUMENTOS DE LOS JUZGADOS SUPERIORES EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SU DESPACHO:
Tengo a bien dirigirme a usted, con el objeto de remitirle anexo al presente oficio, el expediente signado bajo el Nº AP71-R-2014-001246 (534) de la nomenclatura llevada por este tribunal, contentivo del juicio por DAÑO MORAL siguen los ciudadanos JULIO ARMANDO WISSAR AGUIRRE y YUDDY LANAO de WISSAR contra la entidad bancaria CORP BANCA, C.A., BANCO UNIVERSAL, fusionada por absorción con el BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO (BOD), BANCO UNIVERSAL y los ciudadanos GIUSEPPE NIGRO IACOPELA, HILDA MAGALY BLANCO de NIGRO, JOSÉ ANTONIO NIGRO y MAGALY NIGRO de BRUGADA, constante de cuatro (04) piezas, la primera de seiscientos veinticuatro (624) folios útiles, la segunda de quinientos treinta y nueve (539) folios útiles, la tercera de quinientos sesenta y dos (562) folios útiles y la cuarta cuaderno de medidas de ciento veintidós (122) folios útiles.
Remisión que se le hace a usted, a los fines de su distribución.-
EL JUEZ TITULAR,
Dr. VICTOR JOSÉ GONZALEZ JAIMES. Edificio José María Vargas, Esquina de Pajaritos, piso 17,
Municipio Libertador del Distrito Capital. Teléfono: (0212)4829194.
Expediente Nº AP71-R-2014-001246 (534)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veinticinco (25) de mayo de dos mil diecisiete (2017)Años 207º y 158º
OFICIO N° 2017-A-
UNIDAD DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE DOCUMENTOS DE LOS JUZGADOS SUPERIORES EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SU DESPACHO:
Tengo a bien dirigirme a usted, con el objeto de remitirle anexo al presente oficio, el cuaderno de inhibición signado bajo el Nº AP71-R-2014-001246 (534) de la nomenclatura llevada por este tribunal, contentivo del juicio por DAÑO MORAL siguen los ciudadanos JULIO ARMANDO WISSAR AGUIRRE y YUDDY LANAO de WISSAR contra la entidad bancaria CORP BANCA, C.A., BANCO UNIVERSAL, fusionada por absorción con el BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO (BOD), BANCO UNIVERSAL y los ciudadanos GIUSEPPE NIGRO IACOPELA, HILDA MAGALY BLANCO de NIGRO, JOSÉ ANTONIO NIGRO y MAGALY NIGRO de BRUGADA, constante de una (1) pieza de tres (03) folios útiles.
Remisión que se le hace a usted, de la inhibición planteada a los fines de su distribución.-
EL JUEZ TITULAR,
Dr. VICTOR JOSÉ GONZALEZ JAIMES.
Edificio José María Vargas, Esquina de Pajaritos, piso 17,
Municipio Libertador del Distrito Capital. Teléfono: (0212)4829194.
Expediente Nº AP71-R-2014-001246 (534)
Quien suscribe, MARIA ELVIRA REIS, secretaria titular del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, CERTIFICA: que la copia fotostática que antecede es traslado fiel y exacto del acta de inhibición planteada por el juez titular de este despacho, cursante en el expediente Nº AP71-R-2014-001246 (534) de la nomenclatura llevada por este tribunal, con motivo del juicio por DAÑO MORAL siguen los ciudadanos JULIO ARMANDO WISSAR AGUIRRE y YUDDY LANAO de WISSAR contra la entidad bancaria CORP BANCA, C.A., BANCO UNIVERSAL, fusionada por absorción con el BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO (BOD), BANCO UNIVERSAL y los ciudadanos GIUSEPPE NIGRO IACOPELA, HILDA MAGALY BLANCO de NIGRO, JOSÉ ANTONIO NIGRO y MAGALY NIGRO de BRUGADA, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. En Caracas, a los veinticinco (25) día del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017). A 207º años de la Independencia y 158º de la Federación.
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. MARIA ELVIRA REIS.
Expediente Nº AP71-R-2014-001246 (534)