REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, cuatro de mayo de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO : AN3C-S-2017-000046
SOLICITANTE: MARIA HAYDEE DELGADO DE TRUJILLO, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad No. V-920.577.-
ABOGADO ASISTENTE: JESUS ROBERTO GOMES CORREIA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 29.266.
MOTIVO: RECTIFICACION ACTA DE NACIMIENTO.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Visto el anterior escrito de solicitud de RECTIFICACION ACTA DE NACIMIENTO, presentada por el ciudadano RAUL ISACC TRUJILLO DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.554.706, quien actúa en su propio nombre y representación de la ciudadana MARIA HAYDEE DELGADO DE TRUJILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 920.577, asistido por el abogado JESUS ROBERTO GOMES CORREIA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el No. 29.266, así como los documentos que lo acompañan, este Tribunal previo al pronunciamiento correspondiente, observa:
En el escrito que encabeza las presentes actuaciones el ciudadano Raúl Isacc Trujillo Delgado, solicita la rectificación del acta de nacimiento y matrimonio de su madre.
Ahora bien, en este sentido se evidencia que en la solicitud en estudio, se pretende que se corrija el nombre de su madre por cuanto se cometió un error en el acta de nacimiento y en acta de matrimonio en lo que se refiere en el segundo nombre, el cual se colocó “MARIA AIDE DELGADO”, siendo lo correcto “MARIA HAYDEE DELGADO”.
Para los efectos probatorios acompañó a la presente solicitud:
1. Copia de la cédula de identidad de la ciudadana María Haydee Delgado de Trujillo.
2. Original del acta de nacimiento de las ciudadana MARIA AIDE DELGADO, emitida por ante el Registro Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Libertador del Distrito Capital.
3. Copia simple del acta de matrimonio emanada del Registro Civil de la Parroquia La Pastora, Municipio Libertador del Distrito Capital.
Se desprende que en el acta de nacimiento no existe error alguno en virtud de que así fue presentada la ciudadana María Aide Delgado, y toda vez que la partida de nacimiento es el documento fundamental de identificación del cual deriva la cédula de identidad según lo establecido en el artículo 20 de la Ley de Identificación lo que debe ser cambiado en este caso es la cédula de identidad, ya que el Acta de Nacimiento no adolece ningún tipo de error y coincide con el acta de matrimonio que se presenta a los autos. Y Así se decide
En consecuencia es por lo que este Tribunal se ve forzado a declarar INADMISIBLE la solicitud de RECTIFICFACION DE ACTA DE NACIMIENTO, efectuada MARIA HAYDEE DELGADO DE TRUJILLO. ASÍ SE DECIDE.
LAJUEZ,
DRA. ANABEL GONZALEZ GONZALEZ
LA SECRETARIA,
MARIA ELIZABETH NAVAS
AGG/MEN/Nelly
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