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ACTA
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2017-000613
 PARTE ACTORA: ALGENIS ANTONIO FAJARDO
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NJOSE GROGORIO FAJARDO
 PARTE DEMANDADA: INVERSIONES ZARMAJO C.A.
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOAN GONZALEZ y EDUARDO MORALES
 MOTIVO: DIFERNCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
 
 En el día hábil de hoy, 22 de Noviembre de 2017 siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el ciudadano ALGENIS ANTONIO FAJARDO, titular de la cédula de identidad número 5.909.906 conjuntamente con su apoderado judicial, abogado en ejercicio JOSE FAJARDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 95.909 y por la parte demandada, sus apoderados judiciales, abogados en ejercicio EDUARDO MORALES Y JOAN GONZALEZ, insitos en el Inpreabogado bajo los números 19.781 y 141.575 respectivamente; dándose inicio a la audiencia. En este estado, las partes han celebrado un acuerdo transaccional , el cual consignan en este acto constante de tres (3) folios útiles (los primeros 2 con sus vueltos transcritos). Ahora bien, este Tribunal de un revisión minuciosa del escrito en referencia, observa que no se vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area metropolitana de Caracas, HOMOLOGA EL ACUERDO en los términos expuestos, dándole EFECTOS DE COSA JUZGADA. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman:
 
 
 El Juez
 
 Abg. Neyiree Toledo
 
 
 Parte Actora
 
 
 Parte Demandada
 
 
 La Secretaria
 
 
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