REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
EXTENSION EL TOCUYO
207° y 158°
EXPEDIENTE: Nº 16-352-A2.
DEMANDANTE (S): ISRAEL ANTONIO MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.960.471, domiciliado el Sector Los Gómez, Caserío El Jabón, Parroquia Humocaro Alto, Municipio Moran del estado Lara.
DEFENSOR: ANGEL PASTOR FLORES, Venezolano, mayor de edad, Defensor Publico especial Agrario, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado, bajo el Nº 186.650, con domicilio procesal en el C.C. La Torcaz, 2do piso, avenida Fraternidad entre calles 18 y 19, El Tocuyo, estado Lara.
DEMANDADO(S): LOURDES MELENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de identidad Nº-10.128.748 domiciliad en el Caserío el Jabón Parroquia Humocaro Alto, Municipio Moran del estado Lara.
DEFENSOR: PASTOR GOMEZ, Venezolano, mayor de edad, Defensor Publico especial Agrario, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado, bajo el Nº 92.023, con domicilio procesal en la sede de la Defensa Publica, calle Monagas entre Lara y Bolívar. Carora, municipio Torres del estado Lara.
MOTIVO: ACCION POSESORIA AGRARIA POR DESPOJO.
SENTENCIA: DEFINITIVA.
-II - SINTESIS DE LA CONTROVERSIA
Se inicio el presente procedimiento, por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 19 de Septiembre de 2016, cuando el ciudadano ISRAEL ANTONIO MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-10.960.471, domiciliado en el Sector Los Gómez, Caserío El Jabón, Parroquia Humocaro Alto, asistido por el Defensor Publico Provisorio Primero ANGEL PASTOR FLORES, debidamente inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 186.650, interpone formal demanda por ACCION POSESORIA AGRARIA POR DESPOJO en contra de la ciudadana LOURDES MELENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad n° 10.128.748, domiciliada en el Sector Los Gómez, Caserío Jabón, Jurisdicción de la Parroquia Humocaro Alto, Municipio Morán del estado Lara. El accionante en su escrito libelar expone:
Es poseedor y legitimo ocupante de un lote de terreno, denominado Fundo “El Hondo”, el cual se encuentra ubicado en el Sector Los Gómez, Caserío Jabón, Jurisdicción Parroquia Humocaro Alto, Municipio Moran del Estado Lara y constante de una superficie de Una hectárea con tres mil quinientos treinta metros cuadrados (1 HA, 3530 M2), cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Rió Tocuyo, SUR: Terreno ocupado por Lupe Aguilar. ESTE: Terrenos ocupado por Edilio y OESTE: Terrenos ocupados por Elide Gómez, y sobre la cual me fue otorgado Titulo de Garantía de Permanencia Socialista Agrario y carta de Registro Agrario por el Instituto Nacional de Tierras en sesión ORD 251-15, de fecha 11 de Agosto de 2015 bajo el Nº 1316180916RAT0006535 el cual anexo al presente escrito. Dicho lote de terreno lo viene ocupando y trabajando en labores agrícolas desde hace más de catorce años aproximadamente en donde ha ejercido la actividad de siembra de hortalizas varias. Señala que el arrendaba la tierras a la Sra. Elba Gómez pero ella lo mando a desalojar y en el INTI le dijeron que el tenia derecho a trabajar. Pero en el mes de Noviembre del 2015, la ciudadana Lourdes Meléndez presuntamente autorizada por los ciudadanos Elba Gómez, se introdujo por medio de violencia en la totalidad del lote de terreno que ocupa impidiéndome el acceso y por ende el derecho a trabajarlas.
En el escrito de contestación de la demanda, la parte demandada de conformidad a lo establecido en el artículo 205 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, niega, rechaza y contradice los hechos planteados en la presente demanda, por cuanto tiene fomentado cultivos de café, cambur, quinchoncho y yuca entre otros cultivos, al mismo tiempo aclara que el señor Israel Montilla no es poseedor legitimo del terreno que hace llamar El Hondo, tampoco tiene 14 años trabajando en el terreno y que no entiende porque pretende sembrar en un terreno que no le pertenece y el cual ella posee. Señala que el terreno le pertenece a la Sra. Elba Gómez y Ramón Meléndez, el cual se lo arrendaron y se vieron obligados a desalojarlo por incumplimiento de pago. Por lo que en mayo del 2015 empezó a trabajar esas tierras, no se explica porque el ciudadano Israel Montilla pretende sembrar en un terreno que no le pertenece y del cual ella posee documentos.
- III- NARRATIVA
En fecha 19 de septiembre de 2016, se recibió demanda relativo a Acción Posesoria Agraria Por Despojo, presentado por el ciudadano ISRAEL ANTONIO MONTILLA, venezolano mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº v-10.960.471, con domicilio en el sector los Gómez, Caserío, El Jabón, Parroquia Humocaro Alto, Municipio Moran del Estado Lara, se ordeno darle entrada por secretaria y se le signo la siguiente nomenclatura del Tribunal Asunto Nº 16-352-A2 (Folios 01 al 20).
En fecha 23 de septiembre de 2017. Se admitió a sustanciación la presente demanda. Se libro citación dirigida a la ciudadana Lourdes Meléndez. (Folios 21).
En fecha 10 de Octubre del 2016, mediante acta la ciudadana Lourdes del Carmen Meléndez de Barrios solicito que se le designe Defensor Publico Agrario en el presenten asunto, se libro oficio correspondiente a la Defensa Publica. (Folio 22)
En fecha 11 de Octubre de 2016, el alguacil Miguel Caro consigno boleta de citación firmada dirigida a la ciudadana Lourdes Meléndez (Folio 23 y 24).
En fecha 02 de Noviembre de 2016, se agrego oficio de la Coordinación de la Unidad Regional de la Defensa Publica, designando al Defensor Publico Pastor Gómez, para que asuma la defensa técnica de la ciudadana Lourdes del Carmen Meléndez, (Folio 25 al 27).
En fecha 05 de Diciembre del 2016, se agrego escrito de contestación de la demanda suscrito por la ciudadana Lourdes del Carmen Meléndez de Barrios, asistido por el abogado Pastor Leonardo Gómez, Defensor Publico Agrario Primero (Folios 31 al 33).
En fecha 12 de Diciembre de 2016, se fijo Audiencia Preliminar. (Folio 34).
En fecha 08 de febrero de 2017, se celebró acto de audiencia preliminar y se levantó acta correspondiente (Folio 35).
En fecha 14 de Febrero de 2017, el tribunal se traslado se levanto el acta correspondiente (Folios 36 y 37).
En fecha 15 de febrero de 2017, mediante auto se estableció relación sustancial controvertida, conforme a lo establecido en el artículo 221 de la Ley de Tierras y Desarrolló Agrario. (Folio 38).
En fecha 22 de febrero del 2017, se agrego escrito de promoción de pruebas suscrito por el ciudadano Israel Antonio Montilla, asistido por el abogado Ángel Pastor Flores, Defensor Publico Agrario Primero (Folios 39 al 41).
En fecha 22 de febrero de 2017, se agrego escrito de Promoción de Pruebas, suscrito por el abogado Pastor Leonardo Gómez Pérez Defensor Publico Primero Especial Agrario, en representación de la ciudadana Lourdes Meléndez (Folios 42).
En fecha 23 de febrero de 2017, mediante auto se admitieron las Pruebas Promovidas por las partes, conforme a lo establecido en el artículo 221 de la Ley de Tierras y Desarrolló Agrario y se fijo para el día miércoles 05 de abril del 2017 la audiencia de pruebas (Folios 44 y 45).
En fecha 07 de junio de 2017, se celebro la Audiencia de Pruebas se levanto el acta correspondiente. (Folio 57 y 58).
En fecha 12 de julio de 2017, se continuo la celebración de la Audiencia de Pruebas se levanto el acta correspondiente, se fijo nueva oportunidad para la continuación de la audiencia para el 19 de Julio de 2017. (Folio 59).
En fecha 23 de octubre de de 2017, se continuo la celebración de la Audiencia de Pruebas se levanto el acta correspondiente, Se dicto el dispositivo del fallo. (Folio 63).
PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA PARTE DEMANDANTE
DOCUMENTALES:
Copia simple del Titulo de Garantía de Permanencia Socialista Agrario y Carta de Registro Agrario otorgado por el Instituto Nacional de Tierras otorgado al ciudadano Elide Pastor Gómez de fecha 02-12-2015. (Folios 07 al 11). El Tribunal valora esta prueba por tratarse de un documento administrativo, emanado de funcionarios de la administración pública en ejercicio de sus funciones y en las formas exigidas por la Ley. Así se establece.
Original de acta de fecha 13 de mayo del 2015, en la cual los miembros del consejo comunal El Jabón, en apoyo al Demandante (Folios 12 al 14). El Tribunal no le confiere valor probatorio ya que se trata de un documento privado emanado tercero que de conformidad con el artículo 431 requiere de su ratificación mediante la prueba testimonial. Así se establece.
Original de Carta de ocupación emitida por el Consejo Comunal El Jabón, a favor del ciudadano Israel Montilla, de fecha 26-08-2016.(Folio 15) El Tribunal le confiere valor probatorio de conformidad con el Artículo 29 ordinal 10 de la Ley de Consejos Comunales, solo en lo que respecta a probar la residencia en razón de que estos entes administrativos están facultados para otorgar cartas de residencias y no ocupación de lotes de terrenos de INTI, por cuanto este último es a quien competente dicho trámite. Así se establece.
Original de Informe Técnico de Inspección realizada emitido por la Ing. Sonia Campos, técnico II, Adscrita a la Defensa Publica Agraria de El Tocuyo, de fecha 15-06-2016. (Folios 16 al 19). El Tribunal valora esta prueba por tratarse de un documento administrativo, emanado de funcionarios de la administración pública en ejercicio de sus funciones y en las formas exigidas por la Ley. Así se establece.
TESTIMONIALES:
.- OSCAR JOSE GONZALEZ, quien compareció a rendir declaración en la audiencia oral y pública, una vez juramentado pasa a ser interrogado por el defensor publico agrario Abogado ANGEL FLORES, identificado en autos, de la siguiente manera: …omisis…Primera Pregunta: Buenos Días ¿Diga el testigo, señor Oscar conoce usted al señor Israel Antonio Montilla? El Testigo Respondió: Si señor. Es todo. ¿Conoce usted a la señora Lourdes Meléndez? El testigo Respondió: Si señor. Es todo. Segunda Pregunta: ¿Diga el testigo, sabe usted de alguna problemática que tienen ellos? El Testigo Respondió: La problemática que tienen ellos es que desde hace mucho tiempo Israel Montilla esta sembrando esas tierras allá pagando, de arrendatario y las limpio las compuso muy bonita ustedes la han visto por que eso estaba muy feo y entonces la señora llega de problemática hay, a sacarlos. Es todo. Tercera Pregunta: ¿Desde cuando esta el señor Israel trabajando eso? , El testigo Respondió: Bueno estábamos chamos imagínese que yo lo ayudaba para allá, imagínese la edad que tenemos ya desde hace mucho tiempo. Es todo. Cuarta Pregunta: ¿Hace cuanto tiempo tiene problema con la señora Lourdes? El Testigo Respondió: Eso fue el 2015 ya tiene como un año o año y medio por hay han venido los problemas mas serios. Es todo. Quinta Pregunta: ¿ha visto usted algun enfrentamiento entre ellos? El Testigo Respondió: No. Es todo. Sexta Pregunta: ¿Actualmente quien trabaja ese lote? El Testigo Respondió: la Sra. Lourdes que se lo quito a Israel Montilla el que ha sembrado allí. Séptima Pregunta: ¿La señora Lourdes ha trabajado alli? El Testigo Respondió: En Las pacerlas que ellos tienen a última hora es que esta ahí metiéndose ahí. Es todo. Acto seguido procede a repreguntar el defensor publico agrario Abogado PASTOR GOMEZ: en los siguientes términos: Primera repregunta: ¿Dónde vive el señor Israel Montilla? El Testigo Respondió: En la parte en la orilla de la carretera el Jabón. Es todo. Segunda Repregunta: ¿Usted conoce el lote donde trabaja el sr. Israel? El testigo respondió: si el trabajaba en el lote que el tenia el negocio. Arrendado. Es todo. Tercera repregunta: ¿Con quien tenía ese negocio de arrendamiento el señor Israel? El Testigo Respondió: a la señora Elba… Elba Rosa. Es todo. Cuarta repregunta: ¿El terreno donde el señor Israel tiene conflicto con la señora Lourdes es el mismo lote de terreno donde el estaba arrendado? El Testigo Respondió: SI. Es todo. Quinta repregunta: ¿Pero no porque ese terreno fuera de la señora? El testigo respondió: si claro era de ella. Es todo. Sexta repregunta: ¿En ese sitio donde usted me ha manifestado que hay el conflicto usted manifestó que habían unos cultivos pudiese decir que cultivos son? El testigo respondió: Horita con el problema ese que nosotros fuimos horita nuevo había caraota, cambur y café lo sembraron para invadir. Para sacarlo al señor Israel Es todo. Séptima repregunta: ¿Diga el testigo, el lote que es de siembra y el lote que es de cambur los dos lote los trabaja el señor Israel. El testigo Respondió: No uno lo trabaja el líder el señor elide y el lote de abajo lo siembra lo sembraba Israel Montilla. Es todo. Pregunta ¿Junto con el señor elide eso quiere decir en cierta forma hasta lo que usted me esta manifestando ellos trabajan juntos? El testigo respondió: No no se si será lo de menos no se si sembraban juntos pero el que yo conocía trabajando esa tierra era a Israel Montilla. Es Todo.
GEOCAMI ANTONIO PERDOMO, quien compareció a rendir declaración en la audiencia oral y pública, una vez juramentado pasa a ser interrogado por el defensor publico agrario Abogado ANGEL FLORES, identificado en autos, de la siguiente manera: …omisis…Primera Pregunta: Buenos Días ¿Diga el testigo, señor Geocami conoce usted al señor Israel Antonio Montilla? El Testigo Respondió: Si. Es todo. Segunda pregunta: ¿Conoce usted a la señora Lourdes Gómez? El testigo Respondió: Si. Es todo. Tercera pregunta: ¿Diga el testigo, sabe de la problemática que existe en un lote de terreno alli? El Testigo Respondió: Si. Tercera Pregunta ¿Qué nos puede decir al respecto? Del lote de terreno bueno como conocedor del señor Israel y la señora Lourdes conozco al señor Israel que ha tenido tiempo trabajando esas tierras en la agricultura y la cual fue despojada por la señora Lourdes y le sembró, el señor Israel tiene tiempo trabajando esa tierra un aproximado de trece (13) a catorce (14) años si no estoy equivocado y con lo que ha sacado a su familia adelante. Es todo. Cuarta Pregunta: ¿Qué sembró el allí?, El testigo Respondió: El Sembraba las hortalizas lo que era tomate, maíz, caraota y otros rubros. Es todo. Quinta pregunta: ¿Actualmente trabaja alli? El Testigo Respondió: E actualmente no por la broma de la problemática no la quiere como ocupar ósea no es que no la quiere como ocupar sino que como para evitar mas conflicto en esas tierras y como la señora Lourdes tiene otras plantas sembradas ahí. Es todo. Sexta pregunta: ¿La señora Lourdes Sembró alli? El Testigo Respondió: tiene unas plantas de cambur. Es todo. Pregunta ¿En todo el espacio? El testigo respondió: E en todo no en unas tiene plantas de cambures y café. Es todo. Séptima Pregunta: ¿Eso fue más o menos como cuanto tiempo que sembró la señora Lourdes? El Testigo Respondió: aproximadamente un año. Es todo. Acto seguido procede a repreguntar el defensor publico agrario Abogado PASTOR GOMEZ: en los siguientes términos: Primera repregunta: ¿Me puede decir usted si sabe Dónde vive el señor Israel Montilla? El Testigo respondió: Israel Montilla vive en el caserío El Jabón Sector la laja. Es todo. Segunda repregunta: ¿En el sitio donde el vive es el mismo lote terreno que usted acaba de decir sobre el cual tiene el conflicto con la señora Lourdes? El Testigo Respondió: NO... Es todo. Tercera repregunta: ¿En el sitio donde el vive tiene genera alguna actividad agrícola El testigo Respondió. Unas maticas de café pero un poquitico. Es todo. Cuarta repregunta: ¿Y esa parcela colinda con el lote de terreno donde tiene conflicto con la señora Lourdes? El Testigo Respondió: No. Es todo. Quinta repregunta: ¿Qué sembraba el señor ISRAEL Montilla o tiene usted conocimiento si el señor Israel sembraba o generaba algun tipo de actividad en el lote de terreno donde usted manifiesta que tiene conflicto con la señora Lourdes? El Testigo Respondió: Como lo dije anteriormente sembraba maíz, tomate, caraotas y otros rubros. Es todo. Sexta repregunta: ¿Desde hace cuanto estaba sembrando el señor Israel Montilla en ese lote de terreno? El Testigo Respondió: aproximadamente de 13 a 14 años con la cual saco su familia adelante. Es todo. Séptima repregunta: ¿Cuando, fue la última vez que usted vio al señor Israel sembrando en ese lote de terreno? El testigo respondió: Desde que fue despojado por la señora Lourdes. Es todo. Octava repregunta: ¿más o menos eso fue hace cuanto tiempo? El testigo Respondió: Aproximadamente un año y medio. Es todo.
ALEJANDRO JOSE DIAZ, quien compareció a rendir declaración en la audiencia oral y pública, una vez juramentado pasa a ser interrogado por el defensor publico agrario Abogado ANGEL FLORES, identificado en autos, de la siguiente manera: …omisis…Primera Pregunta: Buenos Días ¿Diga el testigo, señor Alejandro conoce usted al señor Israel? El Testigo Respondió: Si señor. Es todo. ¿Conoce usted a la señora Lourdes? El testigo Respondió: Si. Es todo. Segunda Pregunta: ¿Diga el testigo, conoce usted de alguna problemática que existe entre ellos dos? El Testigo Respondió: Si. Es todo. Pregunta ¿Qué nos puede decir al respecto? El testigo Respondió: el asunto de un terreno donde trabaja Israel Montilla. Es todo. Tercera Pregunta: ¿Desde cuando?, El testigo Respondió: Desde 14 años. Es todo. Cuarta Pregunta: ¿Desde cuando tienes ellos el problema? El Testigo Respondió: Tienen como hace como dos años para aca. Es todo. Quinta Pregunta: ¿El señor ISRAEL sembraba ahí? El Testigo Respondió: Si señor. Sexta Pregunta ¿Qué sembraba? El testigo respondió: sembraba hortalizas, sembraba maíz, cebolla, sembraba caraota, sembraba pepino. Es todo. Séptima Pregunta: ¿Actualmente hay algo sembrado alli? El Testigo Respondió: Si. Es Todo. Octava Pregunta: ¿Es de quien? El Testigo Respondió: De la señora Lourdes. Es todo. Novena Pregunta: ¿La señora Lourdes esta trabajando ese lote de terreno actualmente? El testigo Respondió: Si señor .Es todo. Pregunta ¿Desde cuando? El Testigo Respondió: desde hace como año y medio. Es todo. Decima Pregunta: ¿El problema viene por eso? ¿Por qué la señora Lourdes sembró alli? El testigo Respondió: Porque ella formaron el broyo al señor Israel por el terreno entonces ella se alió con los otros muchachos para entonces formarle la guerra a el y no dejarlo trabajar mas y eso le quedara a ella. Entonces lo sacaron despojado y amenazado del terreno por eso no pudo volver a trabajar mas. Es todo. Acto seguido procede a repreguntar el defensor publico agrario Abogado PASTOR GOMEZ: en los siguientes términos: Primera repregunta: ¿Cuándo usted dice que ella se unió con los otros muchachos? ¿Me puede decir el nombre de esas personas? El Testigo Respondió: Bueno… la señora Alba, y.. el señor Franklin Gómez. Es todo. Segunda repregunta: ¿Qué le han hecho esas personas al señor Israel Montilla? Que usted acaba de mencionar ¿De qué forma lo han perjudicado que es lo que usted ha visto para que se unió ella con ellos? ¿La señora..? El Testigo Respondió: Bueno queriéndose adueñar del mismo terreno. Es todo. Tercera repregunta: ¿Eso quiere decir en cierta forma sobre lo que usted esta planteando son estas personas quienes pretenden despojar del lote de terreno al señor Israel? El testigo Respondió. Si señor aliados con la Sra. Lourdes. Es todo. Cuarta repregunta: ¿El señor Israel Montilla donde vive? El Testigo Respondió: Ahí mismo en el caserío el Jabón. Pregunta ¿Y donde el vive es el mismo sitio donde esta el lote de terreno? El testigo respondió: No. Es todo. Pregunta ¿Esta pegado? El testigo Respondió: Si Son vecinos lo divide el Rió Tocuyo. Es Todo. Quinta repregunta: ¿Cuánto tiempo fue qué usted dijo que el señor ISRAEL tenía trabajando el lote de terreno? El Testigo Respondió: Por más de 14 años. Es todo. Sexta repregunta: ¿Y en la actualidad esta trabajando el lote de terreno? El Testigo Respondió: No hasta horita no porque no la pudo trabajar más de ahí lo sacaron, despojado y amenazado y no lo dejaron seguir trabajando más. Es Todo. Pregunta ¿Me puede decir usted quién lo saco? El testigo Respondió: La señora Lourdes. Es todo. Séptima repregunta: ¿más o menos eso hace cuanto tiempo? El testigo respondió: Hace como año y medio por ahí. Es todo.
.- MATIAS DE JESUS PEREZ PEREZ, quien compareció a rendir declaración en la audiencia oral y pública, una vez juramentado pasa a ser interrogado por el defensor publico agrario Abogado ANGEL FLORES, identificado en autos, de la siguiente manera: …omisis…Primera Pregunta: Buenos Días ¿Diga el testigo, señor Matías conoce usted al señor Israel Montilla? El Testigo Respondió: Si lo conozco. Es todo. ¿Pregunta se encuentra presente en la sala? El testigo Respondió: Si es todo. Segunda Pregunta: ¿Sabe del problema que nos tiene aca hoy? El testigo Respondió: Si es todo. Tercera Pregunta: ¿Qué nos puede contar? El testigo Respondió: Le puedo contar que El señor Israel Montilla pues el trabajo esa tierra ahí y lo despojaron de ahí. Es todo. Cuarta Pregunta ¿Quién lo despojo? El testigo respondió: La sra. Lourdes. Es todo. Quinta pregunta: ¿Había alguna siembra para ese momento en que lo despojo? El testigo Respondió: iban a sembrar ahí, estábamos macaneando para ir a sembrar un maíz. Es Todo. Sexta Pregunta: ¿Quién iba a sembrar un maíz? El testigo Respondió: El señor Israel Montilla. Es todo. Séptima Pregunta: ¿Eso fue hace cuanto tiempo? El testigo Respondió: eso hace como casi dos años. Es todo. Octava Pregunta: ¿Desde allí el señor Israel ha vuelto sembrar en esa tierra? El Testigo Respondió: No. Es todo ¿Por qué? El Testigo Respondió: Porque lo despojaron. Es todo. Novena Pregunta: ¿actualmente que hay alli? El Testigo Respondió: Horita pues tienen cambures, pues los que se metieron alli a trabajar tienen cambures sembrados y tienen un café sembrado también horita. Es todo. Acto seguido procede a repreguntar la defensora publica agraria Abogado ROSA MARIA RAMOS: en los siguientes términos: Primera repregunta: ¿Usted tiene alguna posesión por alli de tierras? El Testigo Respondió: No. Es todo. Segunda repregunta: ¿Cuánto tiempo tiene conociendo al señor Israel? El Testigo Respondió: Como si veinte (20) años más o menos. Es todo. Tercera repregunta: ¿tiene algún vinculo con el? El testigo Respondió: No. Es todo. Cuarta repregunta: ¿Quién dice usted que lo despojo de sus tierras cual es el nombre de esa persona? El Testigo Respondió: una tal Lourdes yo no la conocí a ella, cuando yo lo ayude un tiempo a el yo no la conocí a ella pero el tiempo llego una tal Lourdes. Es todo. Quinta repregunta: ¿Usted no la conoce? El Testigo Respondió: No Es todo. Sexta repregunta: ¿Y recientemente la visto? El Testigo Respondió: Aja la vide. Séptima repregunta: ¿Antes de eso no la conocía? El testigo respondió: Antes no la vide pero la vide luego después que se metieron a trabajar. Cuando despojaron al señor Israel Montilla. Es todo. Octava repregunta: ¿Usted le trabajaba a el? El testigo respondió: si yo le ayudaba ahí. Es todo.
.-FELIX JOSE MARQUEZ OLIVAR quien compareció a rendir declaración en la audiencia oral y pública, una vez juramentado pasa a ser interrogado por el defensor publico agrario Abogado ANGEL FLORES, identificado en autos, de la siguiente manera: …omisis…Primera Pregunta: Buenos Días ¿Diga el testigo, señor Félix conoce usted al señor Israel Montilla? El Testigo Respondió: Si. Es todo. Segunda Pregunta: ¿Esta presente en la sala? El testigo Respondió: aja es todo. Tercera Pregunta ¿Conoce usted de la problemática por la cual estamos aca hoy? El testigo Respondió: aja es todo. Cuarta Pregunta: ¿Qué nos puede contar? El testigo Respondió: Le puedo contar de la invasión que le hizo la señora Lourdes al señor Israel Es todo. Quinta Pregunta: ¿Una Invasión? ¿Eso fue hace cuanto tiempo? El testigo respondió: como año y medio a dos años. Es todo. Sexta Pregunta: ¿Eso usted lo vivió o se lo contaron? El testigo Respondió: nosotros lo vimos. Es todo. Séptima Pregunta: ¿Ustedes vieron cuando ella lo invadió? El testigo Respondió: Si. Es todo. Octava pregunta: ¿Cómo fue eso? El testigo Respondió: Se le metió ahí. sembrando matas y bromas. Es todo. Novena Pregunta: ¿Esas tierras estaban sembradas anteriormente? El Testigo Respondió: Esas son tierras de sembrar hortalizas, eso lo sembraba el señor Israel de Hortalizas. Es todo. Decima Pregunta: ¿para el momento en que usted dice que se metió la señora Lourdes? ¿Esas tierras estaban preparadas, estaban trabajadas, estaban sembradas? El Testigo Respondió: Estaban preparadas para sembrar. Es todo. Decima Primera Pregunta: ¿el señor Israel tiene algun vínculo familiar con usted? El Testigo Respondió: No. Es todo. Acto seguido procede a repreguntar la defensora publica agraria Abogado ROSA MARIA RAMOS: en los siguientes términos: Primera repregunta:´ ¿Usted tiene alguna posesión de tierras? El Testigo Respondió: No. Es todo. ¿Cuánto Tiempo tiene usted viviendo en la zona? ¿Conociendo de la zona? El testigo Respondió: toda mi vida. Es todo. Segunda repregunta: ¿Conoce a la ciudadana Lourdes? El Testigo Respondió: Si. Es todo. Tercera repregunta: ¿Cuánto tiempo tiene conociéndola? El testigo Respondió: toda la vida. Es todo. Cuarta repregunta: ¿Es vecina de la zona? El Testigo Respondió: ella vivió un tiempo ahí y se había marchado para Barquisimeto y después regreso a invadir. Es todo. Quinta repregunta: ¿Tú dices que ella invadió? ¿Cómo fue eso? ¿Tu estuviste presente alli en la invasión’ El testigo Respondió: ella se le metió ahí a sembrar unas matas de cambures y el señor sembraba esas tierras. Es todo. Sexta repregunta: ¿Y eso fue bajo amenaza, fue pacifica? ¿Cómo fue esa llegada de ella? El Testigo Respondió: como ella llega siempre amenazante. Es todo.
EMILIANO ANTONIO VALERA FERNANDEZ quien compareció a rendir declaración en la audiencia oral y pública, una vez juramentado pasa a ser interrogado por el defensor publico agrario Abogado ANGEL FLORES, identificado en autos, de la siguiente manera: …omisis…Primera Pregunta: Buenos Días ¿Diga el testigo, señor Emiliano conoce usted al señor Israel Montilla? El Testigo Respondió: Si señor. Es todo. ¿Esta presente en la sala? El testigo Respondió: si señor es todo. Segunda Pregunta ¿Conoce usted el caso por la cual estamos acá hoy? El testigo Respondió: Si el caso de si señor. Por. Es todo. Tercera Pregunta: ¿puede contarnos? El testigo Respondió: El caso de Israel Montilla el por lo menos tenia trabajando en esa parcela en esa misma parte el sembraba allí hortalizas por lo menos maíz, caraotas la situación no da para mas ahora y entonces estos señores también lo despajaron de allí a el y ellos le sembraron unos cambures, también hay unos cambures que están pequeños así en la parcela donde el ocupaba a un promedio de mas o menos catorce o quince años en esa parcela. Es todo. Cuarta Pregunta: ¿Quién dice usted que lo despojo de alli? El testigo Respondió: La misma gente que son de Barquisimeto la señora creo que se llama Lourdes Meléndez, esa es una de las que esta trabajando allí en esas tierras y los hermanos de ella y el no trabajo más esas tierritas por evitar de que le suceda un caso a el. Como queda allí entonces de hecho están vecinos allí cerca unos los que están en Barquisimeto son unos y los que están allá son otros, son varios hermanos. Entonces le sembraron unos cambures a esa parcela que trabajaba el negrito. Bueno el nombre le colocaron negrito el papa y la mama le decían el negrito pero su nombre es Israel Montilla Es todo. Quinta Pregunta: ¿Cómo fue eso? El testigo Respondió: Se le metió ahí, sembrando matas y bromas. Es todo. Sexta Pregunta: ¿Hace cuanto tiempo ocurrió eso señor Emiliano? El testigo Respondió: aproximadamente empezaron a perturbarlo allí 02 aproximadamente a dos años. Es todo. Octava Pregunta: ¿Actualmente usted me dice que hay allí una siembra? El Testigo Respondió: Allá, en la parcela que sembrara el negrito le sembraron ahí unos cambures, sembraron unos cambures un egoísmo para tumbarle la parcela a el. Es todo. Novena Pregunta: ¿Y no le permiten el acceso al señor Israel? El Testigo Respondió: Y no le permiten el acceso a el. si señor. Es todo. Decima Pregunta: ¿Esto que usted me esta contando es porque usted lo vivió o porque usted se lo contaron? El Testigo Respondió: porque yo lo vide, lo viví, lo vi. Porque yo soy vecino por lo menos lo que nos divide en ese terreno la vía desde la carretera que va hacia la casa mía se ve para allá y el es vecino también abajo como a un kilómetro de mi casa mas abajo. Yo lo vi, desde pequeñito Es todo. Acto seguido procede a repreguntar la defensora publica agraria Abogado ROSA MARIA RAMOS: en los siguientes términos: Primera repregunta: ¿Cuanto tiempo tiene Usted conociendo al señor Israel? El Testigo Respondió: Desde pequeñito. Es todo. Segunda repregunta: ¿Usted tiene una posesión de tierras por ahí? El Testigo Respondió: tengo una parcela ahí. En el terreno de ellos no en otra parcela de Jesús Palma Es todo. Tercera repregunta: ¿sobre la problemática usted tiene conocimiento porque? El testigo Respondió: porque el trabaja esa tierra y últimamente en el caso que ya estamos diciendo es que ellos le sembraron cambures y no lo dejan sembrar en el terreno y el necesita sembrar su matica de maíz, caraota, y no tiene donde sembrar pues una parcela de hortaliza y eso no es mucho es será como mucho una hectárea será, que tienen ocupado últimamente sembrado con esas plantas de cambures que tienen últimamente hay. Es todo. 04.- Cuarta Pregunta: ¿Quiénes son ellos que la tiene ocupado? El Testigo Respondió: es la señora que se llama Lourdes Meléndez. Es todo. 5.- Quinta Pregunta: ¿Usted la conoce? El testigo Respondió: yo la conozco De vista. Es todo.
Ahora bien de la revisión de los dichos aportados por los testigos antes mencionados, esta sentenciadora valora sus testimonios y las aprecia en virtud de que los mismos fueron coherentes en sus respuesta manifiestan conocer los hechos y coinciden en sus respuestas y afirmaciones. Y así se establece.
Fueron promovidas las testimoniales de los ciudadanos: ANA ANTONIA RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, ANA CAROLINA PÉREZ, JESSI CAROLINA MONTILLA SÁNCHEZ, DELCIO JOSÉ CAÑIZALEZ, RAFAEL ANTONIO AGUILAR DÍAZ, RAMIRO OLIVAR, los mismos fueron declarados desiertos por lo que no hay nada que valorar. Y así se establece.
INSPECCIÓN JUDICIAL
En relación a la Inspección Judicial realizada en fecha 14 de Febrero del 2017, y virtud del principio de inmediación que rige el procedimiento agrario, en consecuencia este Tribunal le otorga pleno valor probatorio. Así se decide.
PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA PARTE DEMANDADA
TESTIMONIALES:
LORENZO ALVAREZ, quien compareció a rendir declaración en la audiencia oral y pública, una vez juramentado pasa a ser interrogado por defensor publico agrario Abogado Pastor Gómez, identificado en autos, de la siguiente manera: …omisis…Primera Pregunta: ¿Diga el testigo, si conoce al señor Israel Antonio Montilla? El Testigo Respondió: Bueno en realidad lo conozco por su nombre, se sobre su familia, solo eso, pero como trabajador en el terreno ahí no, no lo conozco. Es todo. Segunda Pregunta: ¿Diga el testigo, cuando usted habla de trabajador del terreno ese allí, a que terreno se refiere? El Testigo Respondió: Al que esta en el conflicto, el cual el supuestamente el obtuvo un documento por el INTI, y el alega que el terreno es de el. Es todo. Tercera Pregunta: ¿Diga el testigo, me puede decir donde esta ese terreno? El Testigo Respondió: En El Jabón, sector Los Gómez. Es todo. Cuarta Pregunta: ¿más o menos se trata de una superficie, más o menos que superficie tiene ese terreno? El Testigo Respondió: Tiene aproximadamente casi la hectárea, no la tiene completa. Es Todo. Quinta Pregunta: ¿Ese lote de terreno del cual usted se refiere, a quien ha visto trabajando usted ese lote de terreno? El Testigo Respondió: Bueno ese lote de terreno en el año 2002, trabajo una cooperativa llamada Vuelvan Caras, y después vinieron trabajándolas otras personas. Es Todo. Sexta Pregunta: ¿La señora Lourdes, cuando comienza a trabajar el lote de terreno, quien lo estaba trabajando antes que ella? El Testigo Respondió: No, estaba abandonado, no estaba trabajando nadie. Es Todo. Séptima Pregunta: ¿Cuándo ella comenzó a trabajar el lote de terreno, algún momento lo esta trabajando el señor Israel Antonio Montilla? El Testigo Respondió: No, en ningún momento. Es Todo. Octava Pregunta: ¿Tuvo algún conflicto la señora Lourdes con el señor Israel por ese lote de terreno? El Testigo Respondió: Bueno en realidad no podía haberlo tenido porque la señora Lourdes, ese terreno ella lo obtuvo fue porque la señora Alba la dueña del terreno le dio una autorización que sembrara ahí, pero después fue que apareció el señor Israel con un documento por el INTI que el terreno le pertenecía a el. Es Todo. Novena Pregunta: ¿Quiere decir usted que lo único que tiene el señor Israel es la documentación, que nunca ha trabajado el lote de terreno? El Testigo Respondió: Eso es correcto porque el trabajaba ahí como arrendador que le arrendó la señora Alba, la dueña del terreno. Es Todo. PREGUNTA LA JUEZ: ¿Cuándo le arrendó la señora Alba? El Testigo Respondió: Imagínate, cuantos años hará eso, si yo vengo del 2002 para acá. Es Todo. Decima Pregunta: ¿De lo que usted acaba de decir, se entiende que el señor Israel si estaba trabajando el lote de terreno? El Testigo Respondió: Si lo trabajo en un tiempo pero imagínate tú cuanto tiempo seria eso, que cuando yo llegue ahí ya el no estaba trabajando ahí en ese terreno. Es Todo. Decima Primera Pregunta: ¿Cuándo llego usted ahí? El Testigo Respondió: En el 2001, 2002. Es Todo. Decima Segunda Pregunta: ¿Eso quiere decir que el lo trabajo antes del 2001, 2002? El Testigo Respondió: Tiene que haber sido, porque si es así, tiene que haber sido en esos años, después trabajaron muchas cooperativas de ahí para acá. Es Todo. Acto seguido procede a repreguntar el defensor publico agrario Abogado Angel Flores: en los siguientes términos: Primera repregunta: ¿Señor Lorenzo, usted expresaba que usted participa allí desde el 2002, en calidad de que? El Testigo Respondió: De obrero. Es todo. Segunda repregunta: ¿Usted le trabaja a quien? El Testigo Respondió: Yo le trabajaba a Humberto Meléndez, después le trabajaba a los hijos. Es Todo. Tercera repregunta: ¿Guarda usted alguna relación con la señora demandada el día de hoy? El Testigo Respondió: Lo repito, nosotros mantuvimos una relación, ya tenemos 09 años que nos separamos, pero mantenemos siempre la misma relación en cuestiones de trabajo. Es todo. Cuarta repregunta: ¿Ustedes actualmente están separados? El Testigo Respondió: Bueno o sea, como te digo, separados de cuerpo, pero de trabajo no, la misma relación de comunicarnos. Es Todo. Quinta repregunta: ¿Viven en la misma casa? El Testigo Respondió: Si en la misma casa. Es Todo.- Sexta repregunta: ¿Tiene usted algún interés en la presente causa? El testigo respondió: Bueno claro que ella gane.-
Ahora bien de la revisión de los dichos aportados por el testigo antes mencionado, esta sentenciadora no valora su testimonio ni los aprecia en virtud de que el mismo, manifestó convivir con la demandada y tener interés en el presente juicio. Y así se establece
Fueron promovidas las testimoniales de los ciudadanos: FRANCISCO ANTONIO VELAZQUEZ TORRES, JUANA DE JESUS AGUILAR, FRANCISCO PERAZA GIL, los mismos fueron declarados desiertos por lo que no hay nada que valorar. Y así se establece.
INSPECCIÓN JUDICIAL
En relación a la Inspección Judicial realizada en fecha 14 de Febrero del 2017, y virtud del principio de inmediación que rige el procedimiento agrario, en consecuencia este Tribunal le otorga pleno valor probatorio. Así se decide.
-V- CONSIDERACIONES DE HECHO Y DERECHO PARA DECIDIR
Pasa esta juzgadora a determinar los motivos de hecho y de derecho, en cuanto a los fundamentos de la presente decisión, todo esto en vista de la síntesis de la controversia, enunciación probatoria y valoración señalada en los capítulos precedentes.
Ahora bien, estamos en presencia de una pretensión posesoria por restitución de la posesión agraria, correspondiendo a quien aquí decide adminicular las pruebas analizadas para poder determinar si los hechos invocados por las partes se avienen con la realidad y si están llenos los extremos exigidos por la Ley para declarar con lugar o no la pretensión restitutoria propuesta. En tal sentido, es preciso señalar que la parte actora invoca su posesión agraria sobre el bien objeto de la demanda y denuncia el despojo del que ha sido víctima, siendo ella a quien corresponde la carga de la prueba de sus afirmaciones de hecho, que necesariamente debía probar dentro del contradictorio, de conformidad con lo expresado en el artículo 506 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el 1.354 del Código Civil, esta disposición se complementa con las pautas para juzgar consagradas en el encabezamiento del artículo 254 eiusdem.
Por otra parte, la Doctrina es conteste en expresar los requisitos o extremos que identifican éste tipo de pretensiones, los cuales deben probarse en forma concurrente, a saber:
El hecho de la posesión agraria ejercida por el accionante, cualquiera que ella sea.
La ocurrencia del despojo,
La determinación del objeto sobre el cual se pretende la pretensión posesoria, bien sea este un bien mueble o inmueble.
Así las cosas, quien aquí decide pasa a realizar un exhaustivo estudio del caso que nos ocupa, con el objeto de determinar si la accionante cumplió con los extremos de Ley para que su pretensión proceda.
En relación al primer requisito que involucra la posesión agraria, se puede constatar de las pruebas aportadas que los accionantes en especial la prueba de testigo que fueron contestes al determinar que los mismos se encontraban en posesión del lote de terreno objeto de la presente acción posesoria, cumpliendo con la función social de la tierra, adminiculado a la Garantía de Permanencia que le fuera otorgado al ciudadano ISRRAEL ANTONIO MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nº 10.960.471, por el instituto Nacional de Tierras, no constando en autos que los demandados hayan ejercido oposición alguna sobre el mismo, quedando plenamente demostrado y satisfecho este primer requisito. Así se decide.
En cuanto al cumplimiento del segundo de los requisitos, es decir, la ocurrencia del despojo, este Tribunal observa que el lote de terreno le fue despojado por los demandados, tal y como lo demuestra las deposiciones de los testigos al identificar de manera conteste el despojo, así como los sujetos que realizaron el mismo, identificando como despojadora a la demandada, quedando plenamente demostrado el despojo alegado por el accionante, cumpliendo con este requisito de procedencia con las pruebas que constan en autos. Así se decide.
Seguidamente, quien aquí decide pasa a verificar si la actora cumplió con el tercer requisito de procedencia de su petición, vale decir, la determinación del objeto sobre el cual se pretende la pretensión posesoria, lo cual quedo plenamente demostrado con la inspección técnica realizada por la Ingeniero Sonia Campos, en la cual la misma determino que los puntos tomados en el lote de terreno objeto de la presente acción coinciden con la garantía de permanencia otorgada por el INTI, y de la inspección judicial realizada por este despacho se pudo verificar que el mismo se encontraba en posesión de la demandada, quedando satisfecho este requisito. Así se decide.
Con fundamento en lo antes expuesto, así como de las pruebas aportadas y valoradas en el presente juicio, la pretensión de la parte accionante llena los requisitos exigidos para que proceda la misma; en consecuencia, quien aquí juzga considera que la pretensión debe ser declarada CON LUGAR en el dispositivo del presente fallo, por cumplir los requisitos de procedencia de manera concurrente. Así se decide.
Siendo la oportunidad legal para el siguiente pronunciamiento, conforme lo establece el artículo 227 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la ACCIÓN POSESORIA AGRARIA POR DESPOJO, intentada por el ciudadano ISRRAEL MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.355.540, parte demandante, en contra de la ciudadana LOURDES MELENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-10.128.748
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se ordena la restitución del lote de terreno despojado el ciudadano ISRRAEL MONTILLA,.
TERCERO: Por la naturaleza del caso no hay condenatoria en costas. En virtud de que el presente fallo fue dictado fuera del lapso legal se ordena la notificación de las partes.
De conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase por secretaria, para su archivo, copia fotostática certificada de la presente decisión. Publíquese y Regístrese.
Debidamente firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Lara a los veintitrés (23) días del mes de Noviembre de dos mil diecisiete (2.017).
La Jueza,
Abg. ANA CECILIA ACOSTA MALAVE
LA SECRETARIA
Abg. AURA ROSA MOLINA
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las tres de la tarde (03:00 p.m.).
LA SECRETARIA,
Abog. AURA ROSA MOLINA
ASUNTO: 16-352-A2
ACAM/AM
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