REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, nueve de noviembre de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO: KP02-V-2017-977

Vistos los escritos de convenimiento de fecha 25/05/2017 y 04/10/2017, efectuado por el abogado Víctor Caridad Zavarce, Inpreabogado Nº 20.068, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano VICENTE ANTONIO ROMERO GIMÉNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.758.877, y vista la autorización que antecede consignada por la referida representación judicial en el presente juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentado por el ciudadano JOSE GREGORIO GONZALEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.421.263; este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el Articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Hágase entrega de los documentos originales consignados, dejando en su lugar copia certificada de los mismos.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los nueve (09) día del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). Años: 207° y 158°.
La Juez Provisoria,

Abg. Milagro de Jesús Vargas La Secretaria,

Abg. Mariani Selena Linares Peraza
MJV/ihp.-