ACTA DE PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR

EXPEDIENTE N° VP01-L-2016-001321
LA PARTE ACTORA: JONNATHAN ENRIQUE PEÑA FERNANDEZ
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JUAN NAVARRO
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES Y ALIMENTOS DEL NORTE, C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: CARLOS ACOSTA y CARLOS CHACÍN.-
MOTIVO: ACCIDENTE LABORAL.

En el día de hoy, lunes 9 de octubre de 2017, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijados, mediante auto expreso de fecha 2 de octubre de 2017, para que tenga lugar la celebración de la prolongación de la audiencia preliminar en la presente causa; se anunció dicho acto en la Sala de anuncios de las Audiencias Preliminares de este Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, a cuyo llamado no compareció persona alguna; en virtud de lo cuál el Tribunal deja expresa constancia de la incomparecencia a la presente audiencia de la parte actora, ciudadano JONNATHAN ENRIQUE PEÑA FERNANDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-17.568.468, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno; así mismo deja constancia de la incomparecencia a la presente audiencia de la parte demandada, Entidad de Trabajo, INVERSIONES Y ALIMENTOS DEL NORTE, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 9 de mayo de 2013, bajo el No. 24, Tomo 48-A; ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, declara: PRIMERO: Desistido el procedimiento y terminado el proceso. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 207° 158°
Es todo, termino, se leyó y conformes firman,
LA JUEZA,

ABG. JHACNINI TORRES CHIRINOS




LA SECRETARIA

ABG. MAYRE OLIVARES