REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, tres (03) de octubre de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º

ASUNTO: KP02-S-2017-004667

Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto, el Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JESUS ALMAO, quien en vida fuese titular de la cédula de identidad Nº V- 358.446 y falleciera ab intestato el día 17 de octubre de 2.009, según consta en acta de defunción cursante en el presente asunto, a favor de los ciudadanos ANGELINA ELIZABETH ALMAO DE PINEDA, ANIBAL JOSE ALMAO YANEZ y ELIAZAR TITO ALMAO YANEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad No. V-12.285.651, N° V-12.076.842 y V-13.985.822 respectivamente. Cumplidas como han sido las presentes actuaciones devuélvase los originales junto con sus resultas a su solicitante, previa su anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal.-
LA JUEZ PROVISORIA

ABG. DIOCELIS PEREZ BARRETO
LA SECRETARIA,

ABG. CECILIA NOHEMI VARGAS

DJPB/CNV/AHV.-