REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
BARQUISIMETO, VEINTICINCO (25) DE OCTUBRE DE 2017
207º Y 158º
ASUNTO: KP02-A-2017-000030
Vista la demanda de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, formulada por el ciudadano JUAN BAUTISTA BARRIOS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro: 7.392.256, debidamente asistido por el abogado JOSÉ ANTONIO CARRASCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 234.254; este Tribunal, antes de pronunciarse sobre la admisión de la misma, de conformidad con el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, apercibe al demandante para que en un lapso de tres (03) días de despacho siguientes al de hoy, consigne la Autorización del Instituto Nacional de Tierras, para efectuar cualquier negociación que se haga sobre el inmueble objeto de Reconocimiento.
La Juez,
(fdo)
Abg. Maryelis D. Durán R.
La Secretaria,
(fdo)
Abg. María C. González
MD/MCG/hpc