REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

ASUNTO: KP02-L-2017-000474

PARTE ACTORA: ALEJANDRO ANTONIO MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.795.065.

ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: EMERITA LETICIA OROPEZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 185.888.

PARTE DEMANDADA: 1.- CAFÉ DULCE JIRAJARA C.A; 2.- ARELYS ALVARADO Y 3.- DANIELA COLMENRAREZ.

APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA ARELYS ALVARADO: RAMIRO TORREALBA, Inpreabogado Nro. 242.850.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy 02 de octubre de 2017 siendo las 9:00 a.m, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el alguacil CESAR ALVARADO, la parte la actora no compareció por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia que compareció el apoderado judicial de la parte demandada ARELYS ALVARADO, abogado RAMIRO TORREALBA, Inpreabogado Nro. 242.850. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.

La Jueza

Abg. Rosalux Galíndez Mujica
La Secretaria
Abg. Carla Castro


Parte demandada
El Alguacil