SOLICITANTE (S): EDGAR RAFAEL VILLAMIZAR FERRER

MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: RESUELVE AUTONOMO
EXPEDIENTE No: 7278
Por recibida la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por el ciudadano EDGAR RAFAEL VILLAMIZAR FERRER, venezolano, mayor de edad, titular cedula de identidad No V- 8.845.823, debidamente asistido por la abogada en ejercicio. Karla Mogollón Figueredo. Para asegurarle la titularidad de las bienhechurías construida a sus expensas y con dinero de su propio peculio, ubicadas en: CONJUNTO RESIDENCIAL VILLAS DE CARACARÁ DEL LOTE A (ETAPA I), VILLA 34, MUNICIPIO SAN DIEGO ESTADO CARABOBO. Cuyos linderos, medidas y demás características se especifican en la Solicitud que encabeza las siguientes actuaciones. Vistas igualmente las declaraciones de los testigos presentados en fecha 14 de Marzo del 2018, este Tribunal: RESUELVE: Declarar suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadano EDGAR RAFAEL VILLAMIZAR FERRER, ya identificado, la posesión y demás derechos sobre las descritas bienhechurías, dejando a salvo en todo caso los derechos de terceros, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvanse las resultas originales al solicitante.-
LA JUEZA PROVISORIA,
Abog. LIGIA RODRÍGUEZ SALAZAR
LA SECRETARIA TEMPORAL,
Abog. AURELIA RUBIRA PINTO

En la misma fecha se devuelve constante de VEINTICINCO ( 25 ) folios útiles.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
Abog. AURELIA RUBIRA PINTO