REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; DIEZ (10) de ABRIL de 2.018
Años: 207º y 159º

Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, distinguida con el Nº 01-2018, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por la ciudadana: ALEXANDER JOSE REYES MIQUILENA, venezolanos (a), mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 12.178.790, actuando en su propio nombre y en representación de los ciudadanos BETINA JOSEFINA REYES MIQUILENA; IRMA DEL CARMEN REYES MIQUILENA; AIDA COROMOTO REYES MIQUILENA Y ARMANDO ANTONIO REYES MIQUILENA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 9.924.391; V- 18.048.362; V- 9.512.327; y V- 11.472.885; domiciliada en esta Ciudad de Santa Ana de Coro Municipio Miranda del estadio Falcón, de conformidad con lo establecido en el artículo 168 del Código de procedimiento Civil, debidamente asistido por el abogado en ejercicio, JESUS LA ROSA, venezolano, mayor de edad, Inpreabogado Nro. 68.342.
En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, el acta de defunción y demás documentos que se acompañan a la presente solicitud, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que el (la) ciudadano (a) LISETH MARIA REYES MIQUILENA, venezolano (a), mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 11.472.884, domiciliado en esta Ciudad de Santa Ana de Coro, municipio Miranda estado Falcón, falleció Ab-intestato en fecha: veintiuno de Septiembre de 2017 de dos mil diecisiete, (21/09/2017) según se evidencia de Certificado de Defunción, emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral del estado Falcón Nro. 1526. DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en su condición de HERMANOS a los ciudadanos BETINA JOSEFINA REYES MIQUILENA, ALEXANDER JOSE REYES MIQUILENA, IRMA DEL CARMEN REYES MIQUILENA, AIDA COROMOTO REYES MIQUIELNA Y ARMANDO ANTONIO REYES MIQUILENA, arriba plenamente identificados.
La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, en Santa Ana de Coro, municipio Miranda del estado Falcón a los DIEZ (10) DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2.018.
Entréguese el presente original a los interesados, provéase y certifíquese por secretaria los juegos de copias certificadas solicitadas. Años 207° de la Independencia y 159° de la Federación. Adriana Oduber Garvet
LA JUEZ TEMPORAL LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ABG. MARIELA REVILLA ACOSTA ABG. EDGARYT ZARRAGA
Nota: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior y se devolvieron las resultas y las copias certificadas al solicitante. Conste.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ABG. EDGARYT ZARRAGA

SOL. 01-2018