REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de abril de dos mil dieciocho
207º y 159º
ASUNTO: KP02-V-2017-002152
DEMANDANTE: RAFAEL ANTONIO ÁLVAREZ FONSECA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°7.434.962.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: RAFAEL MUJICA NOROÑO y ELYMAR CORDERO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº. 102.041 y 31.011.
DEMANDADO: Sociedad ,Mercantil PENINSULA, C.A. y Sociedad Mercantil TRASCENDENCIA, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: CARLOS SÁNCHEZ CORDERO inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 119.476.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Visto el escrito de Desistimiento del procedimiento y de la acción, suscrito por ambas representaciones judiciales, antes identificadas, en fecha 10/04/2018, éste Tribunal homologa al mismo, en consecuencia, téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente.
Asimismo se da por terminado el presente juicio. Remítase el presente expediente en su oportunidad, a la sede del Archivo Judicial, a los fines de su guarda y custodia. Devuélvanse los documentos originales, una vez sean consignados por medio de diligencia, los fotostatos respectivos.
La Juez Provisoria,
Abg. Milagro de Jesús Vargas
La Secretaria Suplente,
Abg. Vicmary Oviedo
MJV/dr.-
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