REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO
CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION CENTRAL
Valencia, 06 de diciembre de 2018
208° y 159º
EXPEDIENTE Nº 3552
SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 4711
El 08 de noviembre de 2018, los ciudadanos Astrid Analiesse Salina Barrios, actuando en su carácter de Vicepresidenta de “ARTES Y DISEÑOS A & L C.A.”; Gustavo Arturo Martínez, en su carácter de represéntate legal de “ÁREA 57 SPORT”; Adolfo Antonio Lugo Figueira, en su carácter de represéntate legal de “ÁMBAR SHOP”; Rafael de Jesús Hinojosa, en su carácter de representante legal de “AGROPECUARIA AGRINOVA 07 C.A; Ángela Zorayma Martínez Díaz, en su carácter de representante legal de “ANGELA ZORAYMA MARTINEZ DIAZ F.P; Ángel Edecio Pérez Ramírez, en su carácter de representante legal de “A&A COMMUNICATIONS, C.A”; Antonio Lucena, en su carácter de representante legal de “BODEGON LARA”; Oscar Donado, en su carácter de representante legal de “CLOSS C.A”; Alexander Rivero, en su carácter de representante legal de “CIEFES C.A”; José Esteban Rodríguez Suárez, en su carácter de representante presidente de “CREACIONES COCITOS C.A”; Antonieta Lugo, actuando en su carácter de Presidente de “COMERCIAL PARQUEZ FELIZ 68, C.A”; José Seija, actuando en su carácter de Vicepresidente de “COMERCIALIZADORA SAN MIGUEL 0963 C.A”; Olga Cecilia Salazar Carrascal, actuando en su carácter de representante legal de “CREACIONES CARLITO Y ALGO MAS C.A”; Eduardo Castillo, actuando con el carácter de Representante Legal de “COMERCIAL RAYCELI”; Gabriela Sofía Pereira Nobrega, actuando con el Carácter de Representante Legal de “COMERCIALIZADORA EL GRAN PODER DE DIOS JA. C.A”; Joao Gabriel de Sousa de Nobrega, actuando con el Carácter de representante legal de “COMERCIAL LA ESPERANZA DE FATIMA, C.A”; Arthuro Lon, Actuando con el Carácter de Vicepresidente de “COMERCIAL CASA AMY, C.A”; Sau Lon Hong, actuando en su carácter de director principal de la sociedad “CASA NEVO MILENIO, C.A”; Pedro Enrique González, actuando en su carácter de representante legal de “CAMBIOS FASHION`S ORTIZ, FP”; Belkis del Carmen Rodríguez Torrealba, actuando en su carácter de representante legal de “DISTRIBUIDORA LOS GIRASOLES Y ALGO MAS, C.A”; Anahir Angélica Hernández Tovar, actuando en su carácter de representante legal de “DISTRIBUIDORA ANAHIR HERNANDEZ, F.P”; Maigualida Elena Breto Villalobos, actuando en su carácter de representante legal “DISEÑOS BRETO, F.P”; Mireya Josefina González, actuando en su carácter de representante legal “DISTRIBUIDORA MIREYA GONZALEZ”; Pedro Enrique González, actuando en su carácter de representante legal “DISTRIBUIDORA DE ALIMENTOS LA VILLA, C.A”; Kherlin Tirado, actuando en su carácter de presidente de “ELECTROAUTO VOMERO, C.A”; José Gregorio Díaz, actuando en su carácter de representante legal “EL GRANERO DLV, C.A”; Julia Madueño de Rosales, actuando en su carácter de representante legal de “EL RINCON PERUANO”; Mónica Yelitza Parra Gómez, actuando en su carácter de representante legal de “FLORISTERIA VILLA DE LAS FLORES Y VARIEDADES”; Simoun Salami, actuando en su carácter de representante legal de “FERRETERIA ROSMARY, C.A”; Antonio Joao Teixeira, actuando en su carácter de representante legal de “FRUTERIA FUNCHAL”; Mileiza Coromoto Martínez, actuando en su carácter de representante legal de “FLORISTERIA CREACIONES MILEIZA MARTINEZ”; Maria del Pilar Zapata de Lara, actuando en su carácter de representante legal de “HELEN FASHION, C.A”; Charlie Yuvieska Rodríguez, actuando en su carácter de Presidente de “INVERSIONES EL RINCONCITO DE MI TIERRA, C.A“; Nick Antonio Blanco Liscano, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES COMPUTODO 2014 C.A”; Aleidys del Carmen Lugo Alves, actuando en su carácter de Presidente de “INVERSIONES ARIANMALUG, C.A”; José Ramón Zamora Parra, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES STYLO`S ZAMORA, F.P”; Rafael de Jesús Hinojosa Vásquez, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES AGROVINCA C.A”; Francis Rosa Josefina Mejías, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES NEY RONE, C.A”; Cristina de la Coromoto Guzmán Oropeza, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES CHISTIAN”; Jean Carlos, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES JEANGER, C.A”; Leidy Coromoto Crespo González, actuando en su carácter de representante legal de “ITZA REPUESTOS, C.A”; Danny Duarte Villegas, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES CRISTO VIVE D&K, C.A”; Ana Julia Loreto, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES JLFIRTE C.A”; Félix Eduardo Zerpa Loreto, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES VILLA PARADISI C.A”; Jorge Israel Besmarji, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES VILLA SIRIA C.A”; Jannete Sofia Hallak Haddad, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES MARYNADIM C.A”; Bernardo Da Silva Freites, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES LOS FARIÑAS C.A”; Liliana Mirely Zerpa Loreto, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES LIAMAR 2018 C.A”; Francisco Sayegh Sayegh, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES F.J. 0411, C.A”; Jose Manuel Toledo Utrera, actuando en su carácter de representante legal de “ITECH SOLUTION 0.5, C.A”; Oscar Jose Donado Echenique, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES Y SUMINISTROS O.K. 2017 C.A”; Nelida Yris Alvarado, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES NELLY STYLE H-N”; Luis Ramirez Antón, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES CHIQUI STYLOS, C.A”; Cristóbal Manuel Carillo Linares, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES COOL ACTION, F.P”; Juan Ezequiel Cordova González, actuando en su carácter de representante legal de “JC FERRETERIA VILLA GUARICO, C.A”; Cataldo Trupia Lunetta, actuando en su carácter de representante legal de “JUANCATA SHOP, C.A”; Juana Ángela Rojas Echavautes, actuandoo en su carácter de representante legal de “JUNIJU, C.A”; Yurbelis Adriana Perez, actuando en su carácter de representante legal de “LABORATORIO CLINICO VILLALAB, YP”; Lucas Anibal Mena Martinez, actuando en su carácter de representante legal de “LUCAS MENA ALUMINIOS Y CRISTALERIA FRANCISCA DUARTE F.P.”; Antonieta Lugo, actuando en su carácter de representante legal de “LUGO CARRILLO & ASOCIADOS, C.A ”; Luz Elena Rodríguez, actuando con el Carácter de representante legal de “LUZ ELENA RODRIGUEZ SEILER F.P.”; Charlie Rodríguez y Gonzalos Blancos, actuando en su carácter de representantes legales de “LA HUELLA DEL CAMPESINO C.A”; Marcial Ceballos, actuando en su carácter de representante legal de “LUNCHERIA MARCIEL CEBALLOS 2007”; Leyda Hernández, actuando en su carácter de representante legal de “LEYDY YANIRA HERNANDEZ F.P”; Nina Mercedes Arias, actuando en su carácter de representante legal de “LA FONDA DE TIA NINA S.R.L”; Maria Teresa Correira, actuando en su carácter de representante legal de “MULTICOMERCIAL LA UNICA”; Claudio Casique Ramírez, actuando en su carácter de representante legal de “MINI – ABASTO LOS CASIQUES DE MAGDALENO”; Marianella di Gregorio, actuando en su carácter de representante legal de “MANDARINA MARQUEZ, C.A.”; Andrés Pabón, actuando en su carácter de representante legal de “OFFICE COMPUTER TOTAL, C.A.”; Wilfredo Morales Caballos, actuando en su carácter de representante legal de “R.S. REBOBINADOS, C.A,”; Cristina Aranminta Ortiz Ramos, actuando en su carácter de representante legal de “REPRESENTACIONES PARQUES SAN LUIS REY, C.A”; Nina Mercedes , actuando en su carácter de representante legal de “REPUESTOS Y LUBRICANTES ARAGUA CAR`S, C.A”; Yoraima Hernández, actuando en su carácter de representante legal de “SU TIENDA NATULISTA LA NUEVA ERA, C.A”; Crisaly Vargas, actuando con el carácter de representante legal de “SALON DE BELLEZA CRISALY VARGAS F.P.”; Trina Delgado, actuando con el carácter de representante legal de “SALON DE BELLEZA BARBARA T.D. 2005”; Milagros Coromoto Blancos, actuando en su carácter de representante legal de “SALON DE BELLEZ UNISEX MILY”; Antonio Beomont, actuando en su carácter de representante legal de “TORNO Y RODAMIENTOS LA VILLA ZAMORA”; Cataldo Lunetta, actuando en su carácter de representante legal de “SALON DE BELLEZ UNISEX MILY”; Antonio Maria Beomont, actuando en su carácter de representante legal de “TORNO Y RODAMIENTO LA VILLA ZAMORA, C.A”; Cataldo Trupia Lunetta, actuando en su carácter de representante legal de “TINTORERIA LA AUTOMATICA C.A”; Maria del Carmen Rivero Montevideo, actuando en su carácter de representante legal de “VISION ELECTRONIC MARIA RIVERO F.P”; Amarilys Josefina Delgado Velásquez, actuando en su carácter de representante legal de “VARIEDADES Y REGALOS MARIENYER, C.A”; Hugo Mauro, actuando en su carácter de representante legal de “VILLA SALUD L&J, C.A”;. Gloria Esperanza Cacique, actuando en su carácter de representante legal de “VARIEDADES ANDREA ANDRELUS”; Jairo Enrique Parra Gómez, actuando en su carácter de representante legal de “VARIEDADES JAIRIANA”; Ana Brigitte Nieves Rojas, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES JESUSCRITO REY DE REYES 2017, C.A”; José Rafael Fernándes Pereira, actuando en su carácter de representante legal de “SOFTFARM, C.A”; Carlos Ernesto Hilich Borovinch, actuando en su carácter de representante legal de “MULTISERVICIOS ERMMICAR, S.R.L”; Yeisy Alejandra Tabares Álvarez, actuando en su carácter de representante legal de “MEGA REPUESTOS LA VILLA, C.A”; Luis Raúl Moreno, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES Y AGENCIA DE LOTERIAS LA MODELO, C.A”; Mayra Maigualidad Lima Pulido, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES MARIOSWAL, C.A”; Paola Gabriela Soto Rangel, actuando en su carácter de representante legal de “TALABATERIA DORKY II, C.A”; Yeny Kheiama de Abraham, actuando en su carácter de representante legal de “DELICIAS YENY KHEIAMI F.P”; Daley Carolina Barbar Loreto, actuando en su carácter de representante legal de “DELICATESSEN AAROM, C.A”; Rubén Arias, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES ARILUG 2028 C.A” bajo la modalidad de Litisconsorcio activo. Todos debidamente asistidos por el abogado Wilmer Torres, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 20.701, interpusieron recurso de amparo constitucional contra los Impuestos, Tasas y Contribuciones cobrados en base a la Unidad Tributaria de diecisiete (17) soberanos por la Alcaldía del Municipio Zamora del estado Aragua.
El 23 de noviembre de 2018, se le dio entrada al recurso de amparo constitucional bajo el N° 3552 (Nomenclatura de este tribunal) y se ordenaron librar las notificaciones de ley.
El 03 de diciembre de 2018 el alguacil de este tribunal consignó boleta de notificación de los representantes legales de los contribuyentes recurrentes bajo la modalidad de litisconsorcio activo.
El 04 de diciembre de 2018 los recurrentes Rafael Hinojosa, en su carácter de representante legal de “AGROPECUARIA AGRINOVA 07 C.A; Ángela Martínez, en su carácter de representante legal de “ANGELA ZORAYMA MARTINEZ DIAZ F.P”; Antonio Lucena, actuando en su carácter de representante legal de “BODEGA LARA”; Arthuro Lon, Actuando con el Carácter de Vicepresidente de “COMERCIAL CASA AMY, C.A”; Sau Lon Hong, actuando en su carácter de director principal de la sociedad “CASA NEVO MILENIO, C.A”; Anahir Hernández, actuando en su carácter de representante legal de “DISTRIBUIDORA ANAHIR HERNANDEZ, F.P.”; Antonio Teixeira, actuando en su carácter de representante legal de “FRUTERIA FUNCHAL”; Rafael Hinojosa, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES AGROVINCA C.A”; Jannete Hallak, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES MARYNADIM C.A”; Bernardo Da Silva, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES LOS FARIÑAS C.A”; Juan Córdova, actuando en su carácter de representante legal de “JC FERRETERIA VILLA GUARICO, C.A”; Yeisy Tabares, actuando en su carácter de representante legal de “MEGA REPUESTOS LA VILLA, C.A”; y Mayra Lima, actuando en su carácter de representante legal de “INVERSIONES MARIOSWAL, C.A”, presentaron escrito mediante el cual desisten de la presente acción de amparo constitucional.
El tribunal, para pronunciarse sobre el desistimiento realiza las siguientes consideraciones:
Los requisitos de procedencia de este medio de auto composición procesal, se encuentran establecidos en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, aplicables supletoriamente a los procedimientos contenciosos tributarios;
Artículo 263.- En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria….(Omissis)
Artículo 264.- Para desistir de la demanda y convenir en ella se necesita tener capacidad para disponer del objeto sobre que verse la controversia y que se trate de materias en las cuales no estén prohibidas las transacciónes.
Cabe destacar que el desistimiento se ha realizado previo a la traba de la Litis que en el procedimiento Contencioso Tributario se produce con la Admisión del Recurso.
De los supuestos normativos previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y de la revisión del presente expediente; se observa la voluntad de los recurrentes arriba identificados de desistir del presente proceso por cuanto aún no ha sido notificada la Alcaldía del Municipio Zamora del estado Aragua; según escrito que consta en el presente expediente insertos desde el folio once (11) hasta el folio quince (15).
Este Tribunal Superior de los Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por consumado el acto, en consecuencia, declara HOMOLOGADO en todos y cada uno de los términos expuestos el desistimiento por cuanto aún no se ha notificado a la recurrida. Se deja constancia que las partes se encuentran a derecho, razón por la cual se ordena librar boleta de notificación al Sindico Procurador del Municipio Zamora, remitiéndole copia certificada de la sentencia de conformidad con el artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Al Sindico Procurador del Municipio Zamora del estado Aragua se le concede, dos (02) días como término de la distancia de conformidad con lo establecido en el artículo 205 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y déjese copia certificada. Dado, firmado y sellado, en la sala de Despacho de este Juzgado Superior Contencioso Tributario de la Región Central, en la ciudad de Valencia a los seis (06) días del mes de diciembre de dos mil dieciocho (2018). Años 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
El Juez,
Abg. Pablo José Solórzano Araujo.
La Secretaria Accidental,
Abg. Amalia Martínez.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria Accidental,
Abg. Amalia Martínez.
Exp. N° 3552
PJSA/am/ar
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