REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 17 de Enero de 2018
207º y 158º
Revisadas como se encuentran las actas que conforman el presente asunto agrario, se observa que conforme a diligencia del 20/12/2017 el ciudadano Castor Oswaldo Di Lorenzo, titular de la cédula de identidad Nº 3.050.974, demandante de autos, debidamente asistido del abogado en ejercicio Luís Armando Alcántara Herrera, titular de la Cedula de Identidad Nº V.- 1.379.693 e inscrito en el IPSA bajo el Nº 89.160, solicitó lo siguiente:
“… Acudo ante su competente autoridad… con el objeto de formular denuncia en contra del ciudadano; Freddy Antonio Contreras…titular de la cédula de identidad Nº 8.843.003, con domicilio en el Poblado de Barrancones, de la Parroquia Negro Primero del Municipio Valencia del estado Carabobo… que en la primera quincena del mes de octubre del año 2017, que el ciudadano arriba citado, acompañado de otras personas tomaron de manera ilegal el tendido eléctrico de alta tensión existente en el interior de la parcela Nº 71, El Bucare, asentamiento campesino Los Naranjos, Sector Los Pozotes de la Parroquia Negro Primero del Municipio Valencia del estado Carabobo del cual soy legitimo poseedor,… procedieron a instalar transformadores y otros accesorios, para obtener electricidad de baja tensión y mediante algunos pequeños tubos de mala calidad y equipos conductores totalmente inapropiados para una distancia de doscientos (200) metros aproximadamente, hasta llegar a un galpón de mi propiedad; ocupado de manera ilegal por el mencionado ciudadano, quien es uno de los demandados…constituye un hurto calificado como grave…en razón de que se está actuando contra la cosa publica y en consecuencia los ocupantes ilegales de la parcela…están actuando y practicando bajo la figura de un despojo organizado, en donde de manera reincidente están conculcando mis derechos, afectando cada vez más mi patrimonio, mi condición de mediano y pequeño productor agropecuario y mi núcleo familiar. Por todo lo antes expuesto; solicito que se le de curso a la resolución en todas las instancias pertinentes del caso, en donde se me restituya mis derechos conculcados.…”
En atención de lo antes trascrito y visto que la presente causa se encuentra en tramite, lo que se traduce en una inobservancia por parte de los codemandados; y en virtud de que se trata de un presunto hecho punible que afecta al estado venezolano, este Tribunal especial agrario acuerda oficiar a la Fiscalía Superior del estado Carabobo, como garante de la vindicta pública, a fin de que de inicio a las investigaciones correspondientes. Así se decide.
El Juez
ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ
La Secretaria
ABG. MARIANGEL MENDOZA CHIRINOS
Expediente Nº JAP-240-2014
JGRG/MCM