SOLICITANTE (S): ELVIRA MARGARITA PINTO y NORMARY EVELIN SÁNCHEZ RODRÍGUEZ.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: RESUELVE AUTÓNOMO
EXPEDIENTE No: 7281
Por recibida la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por los ciudadanos ELVIRA MARGARITA PINTO y NORMARY EVELIN SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V.- 11.748.712 y 14.590.465, debidamente asistidas por el abogado MARCO ANTONIO FEBRES PEREIRA, inscrito el I.P.S.A bajo el N° 177.438, para que se le asegure la titularidad de las bienhechurías construidas a sus expensas y con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Urbanización Los Guayos I, Avenida 01, sector 04, Nro. 17, Municipio Los guayos del Estrado Carabobo, cuyos linderos, medidas y demás características se especifican en la Solicitud que encabeza las siguientes actuaciones. Vistas igualmente las declaraciones de los testigos presentados en esta misma fecha, este Tribunal: RESUELVE: Declarar suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a ELVIRA MARGARITA PINTO y NORMARY EVELIN SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, anteriormente identificadas, la propiedad, posesión y demás derechos sobre las descritas bienhechurías, dejando a salvo en todo caso los derechos de terceros, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvanse las resultas originales al solicitante.-
LA JUEZA PROVISORIA,
Abog. LIGIA RODRÍGUEZ SALAZAR
LA SECRETARIA TEMPORAL,
Abog. AURELIA RUBIRA PINTO
En la misma fecha se devuelve constante de __________________ (_____) folios útiles.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
Abog. AURELIA RUBIRA PINTO
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