REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA UNO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Corte de Apelaciones Penal
Valencia, 17 de enero de 2018
Años 207º y 158º
ASUNTO: GP01-R-2015-000747
PONENTE: NIDIA GONZÁLEZ ROJAS
A los fines de conocer el recurso de apelación en el asunto signado con el numero GP01-R-2015-000747, interpuesto por la Abogada YSAURA BETANCOURT ESCALONA, Fiscal Décima Tercera del Ministerio Publico del Estado Carabobo, en contra de la decisión dictada en fecha 04 de Diciembre de 2015, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en el asunto principal Nº GP01-P-2014-011534, esta Sala observa:
Primero: Que el Recurso de Apelación fue interpuesto por la Abogada YSAURA BETANCOURT ESCALONA, Fiscal Décima Tercera del Ministerio Publico del Estado Carabobo, quien esta legitimada para realizarlo, tal como se evidencia en autos.
Segundo: Que la decisión recurrida fue dictada en fecha 04 de Diciembre de 2015 y publicada en esa misma fecha, interponiendo el recurso de apelación el recurrente en fecha 16 de Diciembre de 2015, quedando debidamente notificada la recurrente en fecha 08 de Diciembre de 2015, de lo que se infiere que la decisión fue apelada en tiempo útil, en consecuencia lo ajustado a derecho es declarar la tempestividad en la interposición del recurso incoado.
Tercero: Se considera que la decisión que se recurre no es de la categoría de decisiones inimpugnables o irrecurribles por disposición expresa de este Código o de la ley.
RESOLUCION
Ahora bien, cumplidos como han sido los demás trámites de ley y verificados los requisitos anteriores, esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: ADMITE el recurso de Apelación interpuesto por la Abogada YSAURA BETANCOURT ESCALONA, Fiscal Décima Tercera del Ministerio Publico del Estado Carabobo, en contra de la decisión dictada en fecha 04 de Diciembre de 2015, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en el asunto principal Nº GP01-P-2014-011534, Como consecuencia de la admisión, se entra a conocer el fondo del recurso planteado.
Las Juezas de Sala Nro. 1
Mag. (s) CARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
PRESIDENTA DE SALA
CARINA ZACCHEI MANGANILLA NIDIA ALEJANDRA GONZÁLEZ ROJAS
Ponente
El Secretario,
Abg. Andoni Barroeta
Hora de Emisión: 3:23 PM