REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 16 de Julio de 2018
208º y 159º

ASUNTO: KP02-V-2017-002808
DEMANDANTE(S): RAFAEL ANTONIO DORANTE LINAREZ, CARLOS ALBERTO DORANTE LINAREZ, ZORAIDA MARINA LINAREZ, PASTORA MERCEDES LINAREZ, JOSE LEANDRO LINAREZ, JOSE LUIS LINAREZ, BENIGNO ANTONIO DORANTE LINAREZ, SERVERIANA DEL CARMEN LINAREZ, GENESIS ANDREINA LINAREZ y GEORGIS ALEJANDRA LINAREZ LINAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-13.187.398, V- 10.844.290, V- 6.586.655, V- 7.363.077, V-7.397.466, V-7.364.262, V-7.420.577, V-7.389.931, V- 22.192.444 y V- 22.192.448, respectivamente.
DEMANDADO: ROBERTO CARLOS CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.952.922.
BENEFICIARIO: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
FECHA DE NACIMIENTO: 14/10/1999
FECHA DE ENTRADA: 17/10/2017
MOTIVO: INTERDITO CIVIL (DECLINATORIA DE COMPETENCIA).

En fecha 17 de Octubre de 2017, comparecen por ante este Tribunal el ciudadano RAFAEL ANTONIO DORANTE LINAREZ, venezolana y titular de la cedula de identidad N° V-13.187.398, actuando en nombre propio y en representación de los ciudadanos CARLOS ALBERTO DORANTE LINAREZ, ZORAIDA MARINA LINAREZ, PASTORA MERCEDES LINAREZ, JOSE LEANDRO LINAREZ, JOSE LUIS LINAREZ, BENIGNO ANTONIO DORANTE LINAREZ, SERVERIANA DEL CARMEN LINAREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad N° V- 10.844.290, V- 6.586.655, V- 7.363.077, V-7.397.466, V-7.364.262, V-7.420.577 y V-7.389.931, asimismo de las ciudadanas GENESIS ANDREINA LINAREZ y GEORGIS ALEJANDRA LINAREZ LINAREZ, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad N° V- 22.192.444 y V- 22.192.448.
En fecha 14 de Noviembre de 2017, se admite la solicitud de INTERDITO CIVIL, y se dicta Despacho Saneador.
En fecha 12 de Enero de 2018, se apertura cuaderno de Interdicto de Amparo por Perturbación.
En fecha 22 de Febrero de 2018, consignan boleta de notificación del ciudadano ROBERTO CARLOS CASTILLO, como rielan en los folios 66 y 67.
En fecha 08 y 22 de Mayo de 2018, se consigna escrito de promoción de pruebas y contestación de demanda.
En fecha 05 de Junio de 2018, se fija audiencia preliminar en Fase de Sustanciación.
En fecha 04 de de Julio de 2018, siendo oportunidad para la audiencia preliminar en Fase de Sustanciación, Observa esta Juzgadora, que se evidencia que en virtud que para el momento de la INTERPOSICIÓN de la demanda, la beneficiaria ya contaba con 18 años cumplidos, mayor de edad para tal oportunidad, y así reconocido por la defensa de la parte demandante, sin haber existido impedimento por parte de la administración de justicia a que la misma a través de sus representantes legales interpusieran tal acción por ante los Tribunal de Protección de Niños Niñas y Adolescente, sin haberlo intentado tal acción antes de su cumplimiento de la mayoría de edad, a fin de que así le arropara la perpetua jurisdicción.

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la cual está llamada a garantizar el ejercicio y disfrute pleno y efectivos de sus derechos u garantías, y el Juzgado competente para seguir conociendo de este juicio, de acuerdo a lo pautado por el artículo 28 del Código de Procedimiento Civil, Y PROCEDE A DECLINAR LA COMPETENCIA A LOS TRIBUNALES DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Así se decide. Remítase con oficio.

Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Barquisimeto a los 16 días del mes de Julio de 2018.
LA JUEZ NOVENA DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN





ABG. ANAMINTA PEÑALOZA ESPINOZA
LA SECRETARIA


En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1328-2018 y se publicó siendo las 12:45 p.m.

LA SECRETARIA

APE//Abg.DazaJ.-