REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUNAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 26 de Junio de 2018
207° y 159°
SOLICITANTE: NAUDYS ADRIAN MERCADO SANDOVAL y GERARDO DANIEL MERCADO
SANDOVAL venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V-16.241.277
y V-13.469.647 respectivamente, debidamente asistidos por la abogada NERSY CAROLINA
MOTA HERNANDEZ, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 231.623.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: AUTONOMA RESUELTA
EXPEDIENTE Nro. 9468
En relación a la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, admitida en
fecha 11 de Junio de 2018, suscrita por los ciudadanos NAUDYS ADRIAN MERCADO SANDOVAL y GERARDO DANIEL
MERCADO SANDOVAL venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V-16.241.277 y V-13.469.647
respectivamente, debidamente asistidos por la abogada NERSY CAROLINA MOTA HERNANDEZ, inscrita en el IPSA bajo el
Nro. 231.623, actuando en su condición de hijos de la De-Cujus CECILIA SANDOVAL DE MERCADO quien en vida era
venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.453.193 y fallecido ab-intestato el día 22 de Julio del año
2007, el Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante
este mismo Tribunal a los testigos promovidos por los mencionados ciudadanos, dejando a salvo los derechos de terceros,
Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela de los ciudadanos y ciudadanas que lo integran y por
Autoridad de la Ley; RESUELVE: declarar “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” a los ciudadanos NAUDYS
ADRIAN MERCADO SANDOVAL y GERARDO DANIEL MERCADO SANDOVAL venezolanos, mayores de edad,
titulares de la cedula de identidad Nro. V-16.241.277 y V-13.469.647 respectivamente, actuando en su condición de hijos la De-
Cujus CECILIA SANDOVAL DE MERCADO y ASÍ SE DECIDE. Devuélvase las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y
EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y
SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Valencia a los veintiséis (26) días
del Mes de Junio de 2018. Años: 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO
Abg. YOVANI RODRIGUEZ CANTERO.
LA SECRETARIA TITULAR
Abg. GRISEL SANGRONIS
En la misma fecha siendo las 11:00 de la mañana, se publicó, se registro y se dejo copia de la anterior decisión.
LA SECRETARIA TITULAR
Abg. GRISEL SANGRONIS
YGRC/GS/María Angélica.
Exp. 9468-2018.