REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 19 de Marzo de 2018

207º y 159º

Vista la diligencia de fecha 13-03-2018, presentada por el abogado Luís Tomas Luces Guada, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.029.316 e inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro, inscrito en el IPSA bajo el Nro 106.287, actuando con el carácter de apoderado judicial del sujeto pasivo en la causa signada con el Nº JAP -300-2016 (Nomenclatura Interna de este Tribunal); mediante la cual solicita copias certificadas, éste Juzgado Agrario, acuerda de conformidad con lo solicitado; en consecuencia, se ordena expedir copia certificada del presente expediente, es decir, de las Piezas Nº 1, Pieza Nº 2 y Pieza Nº 3 en su totalidad, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Entréguese al solicitante, a cuyo efecto deberá dejar constancia en el expediente.
El Juez


ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ

La Secretaria Accidental,

ABG. MELDRY CASTILLO


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

La Secretaria Accidental,

ABG. MELDRY CASTILLO









Exp. JAP-300-2015
JGRG/MC/MSG.-