REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 19 de Marzo de 2018
207º y 159º
Vista la diligencia de fecha 13-03-2018, presentada por el abogado Luís Tomas Luces Guada, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.029.316 e inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro, inscrito en el IPSA bajo el Nro 106.287, actuando con el carácter de apoderado judicial del sujeto pasivo en la causa signada con el Nº JAP -300-2016 (Nomenclatura Interna de este Tribunal); mediante la cual solicita copias certificadas, éste Juzgado Agrario, acuerda de conformidad con lo solicitado; en consecuencia, se ordena expedir copia certificada del presente expediente, es decir, de las Piezas Nº 1, Pieza Nº 2 y Pieza Nº 3 en su totalidad, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Entréguese al solicitante, a cuyo efecto deberá dejar constancia en el expediente.
El Juez
ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ
La Secretaria Accidental,
ABG. MELDRY CASTILLO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria Accidental,
ABG. MELDRY CASTILLO
Exp. JAP-300-2015
JGRG/MC/MSG.-