SOLICITANTE (S): MIRNA RAMONA SANABRIA SEVILLA
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: RESUELVE AUTONOMO
EXPEDIENTE No: 7184
Por recibida la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por la ciudadana MIRNA RAMONA SANABRIA, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.464.744, de este domicilio, debidamente asistida por el abogado JOSE ANTONIO WUIN WUIN Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 116.209, para asegurarle la titularidad de las bienhechurías construida a sus expensas y con dinero de su propio peculio, ubicadas en BARRIO MIGUEL ACHE; 2DA CALLE; CASA N°30, PARROQUIA MIGUEL PEÑA, MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO. Cuyos linderos, medidas y demás características se especifican en la Solicitud que encabeza las siguientes actuaciones. Vistas igualmente las declaraciones de los testigos presentados en esta misma fecha, este Tribunal: RESUELVE: Declarar suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadana MIRNA RAMONA SANABRIA, ya identificada, la posesión y demás derechos sobre las descritas bienhechurías, dejando a salvo en todo caso los derechos de terceros, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvanse las resultas originales al solicitante.-
LA JUEZA PROVISORIA,
Abog. LIGIA RODRÍGUEZ SALAZAR
LA SECRETARIA TEMPORAL
Abog. AURELIA RUBIRA PINTO
En la misma fecha se devuelve constante de _________________ (___________) folios útiles.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
Abog. AURELIA RUBIRA PINTO