REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, trece (13) de dos mil dieciocho (2018)
207º y 158º
ASUNTO: AP31-S-2016-000909
SOLICITANTE: JUAN BAUTISTA LOZADA LOBO. Mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 9.326.803
ABOGADO ASISTENTE: RAIZA COROMOTO APARCERO BENITEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 30.522.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.-
Se inició el presente procedimiento mediante escrito de solicitud presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de Caracas, en fecha 04 de Febrero de 2016 quedando asignado en esa misma fecha a este Tribunal.-
En fecha diecisiete (17) de febrero de 2017, se admitió la solicitud de Divorcio 185- A, Asimismo se ordena citación de la ciudadana MARVELIS JOSEFINA ALCALA SALDIVIA, titular de la cedula de identidad Nº V.- 6.261.201, para que comparezca en el Tribunal y que exponga lo que considere en relación a la solicitud presentada por su cónyuge el ciudadano JUAN BAUTISTA LOZADA LOBO.
En fecha veintinueve (29) de febrero de 2016, se ordeno librar la boleta de citación a la ciudadana MARVELIS JOSEFINA ALCALA SALDIVIA.
En fecha veinticuatro (24) de mayo de 2016, Alguacil Cristian Delgado se traslado a la dirección de la ciudadana MARVELIS JOSEFINA ALCALA SALDIVIA a los fines de la práctica de citación y no logro efectuar citación en cuanto no pudo localizar la casa de la ciudadana antes mencionada.
En fecha ocho (08) de julio de 2016, se dictó auto mediante el cual se negó la solicitud de entrada de la boleta de citación,
En fecha nueve (09) de agosto del 2017, se dicto auto mediante el cual se aordena el desglose de la boleta respectiva a los fines de la práctica de la citación ordenada.
En fecha diecisiete (17) de febrero del 2017, se dicto auto mediante el cual se libra boleta de citación al Fiscal del Ministerio Público, por cuanto hasta la presente fecha la ciudadana MARVELIS JOSEFINA ALCALA SALDIVIA, no ha comparecido a exponer lo que crea conveniente en relación a la solicitud.
En fecha primero (01) de marzo del 2018, se recibe diligencia presentada por el ciudadano JUAN BAUTISTA LOZADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-9.326.803 debidamente asistido por la abogada RAIZA APARCERO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 30.522, mediante la cual desistió del procedimiento y solicitó la devolución de los documentos originales que rielan en el expediente siendo procedente impartir la HOMOLOGACION al desistimiento.-
Por las razones que se han dejado extendidas, este Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley imparte la HOMOLOGACION AL DESISTIMIENTO EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS.-
Asimismo, se ordena la devolución de los documentos originales consignados con el Escrito de Solicitud.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los trece (13) días del mes de marzo del año dos mil dieciocho (2018). Años 207° de la Independencia y 159° de la Federación.
LA JUEZ,
ERICA CENTANNI SALVATORE
LA SECRETARIA
IDALINA PATRICIA GONCALVES
ECS/IPG/Bella*
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