CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION

Carúpano, 23 de Mayo de 2018
208º y 159º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2015-002805
ASUNTO: RP11-P-2015-002805

Visto el escrito presentado por el Abg. Edgar Brito, en su carácter de defensor del penado Charles Stiven Sabaleta Gil, quien se encuentra recluido en Centro de Coordinación Policial Gral. José Francisco Bermúdez mediante el cual solicita el traslado del mismo hasta el Internado Judicial de esta ciudad ello en virtud de que en ese centro penitenciario contaría con mejor Asistencia penitenciaria, solicitando igualmente su nombramiento como correo especial para la remisión y entrega de las comunicaciones pertinentes; Este Tribunal pasa a resolver en los siguientes términos:

De la revisión de la causa, se evidencia, que Charles Stiven Sabaleta Gil, venezolano, natural del Tigre Estado Anzoátegui, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V.- 12.679.792, nacido el 12/07/1976, soltero, de oficio pescador, hijo de Charles Sabaleta y Damaris Gil y residenciado Oropeza Castillo, callejón la esperanza, casa s/n, cerca panadería el Maguey, Puerto La Cruz Estado Anzoátegui, fue condenado a cumplir la pena de Seis,(6), Años y Ocho,(8), Meses de Prision, mas las accesorias de ley establecidas en el articulo 16 ordinal 1 del Código penal, por estar incurso en la comisión del delito de Homicidio Intencional Calificado En Grado De Frustracion, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1° en concordancia con el artículo 80 del Código Penal, en perjuicio de Samuel José Arquímedes La Rosa Lyon, indicándose como sitio de cumplimiento de pena el Centro de Coordinación Policial Gral. José Francisco Bermúdez , con sede en esta ciudad; Ahora bien, visto lo alegado por la defensa donde solicita su traslado para el Internado Judicial de esta ciudad ello a los fines de que pueda acceder al apoyo familiar y al tratamiento penitenciario necesario que coadyuve a su gradual y progresiva su reinserción social, Razón por la cual este tribunal acuerda la tramitación ante el Ministerio del Poder Popular Para el servicio Penitenciario del traslado inmediato de Charles Stiven Sabaleta Gil, anteriormente identificado, desde el Centro de Coordinación Policial Gral. José Francisco Bermúdez, hasta el Internado Judicial de esta Ciudad “Centro de formación de hombres nuevos Carúpano” donde deberán ingresar, previo el cumplimiento de los trámites pertinentes, para continuar cumpliendo con la pena impuesta. Ofíciese a la Autoridad única de traslados del Ministerio del Poder Popular Para el servicio Penitenciario Lic. Adolfo Carrillo para que se provea lo conducente de conformidad con el artículo 125 ordinal 2º del Código Orgánico Penitenciario, designándose al Defensor Edgar Alexander Brito, Cédula de Identidad Nº 5.912.160, como correo especial para la remisión y entrega del oficio aludido . Notifíquese al solicitante. Cúmplase.
EL Juez Primero de Ejecución.
Abg. Luís Mariano Marsella Hernández.

La Secretaria.
Abg. Zuleyca Del Valle Lugo.