REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 11 de mayo del 2018
208º y 159º
ASUNTO: KP02-H-2018-000615
SOLICITANTES: MARÍA FERNANDA LEAL PINEDA y EDUARDO ALBERTO JIMENEZ RONDON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-22194500 y V-17854798, respectivamente, y de este domicilio.
BENEFICIARIO(S): IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
FECHA DE NACIMIENTO: 17/01/2014.
MOTIVO: HOMOLOGACION RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR.
FECHA DE ENTRADA AL ÓRGANO: 10/05/2018
DERECHO PROTEGIDO: A TENER UNA FAMILIA.
Por recibido en fecha 10/05/2018 el escrito que antecede y los recaudos anexos, suscrito por el FISCAL DÉCIMO SÉPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO, ABG. MARÍA JOSÉ FERNÁNDEZ GARCÍA DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, a instancias de los ciudadanos MARÍA FERNANDA LEAL PINEDA y EDUARDO ALBERTO JIMENEZ RONDON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-22194500 y V-17854798, respectivamente; en beneficio del niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES; este Tribunal le da entrada y lo Admite de conformidad con el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescente, cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley al respecto se observa del acta levantada por el FISCAL DÉCIMO SÉPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO, ABG. MARÍA JOSÉ FERNÁNDEZ GARCÍA, que el acuerdo al cual llegaron las partes se especifica a continuación:
“PRIMERO: El padre convivirá con su hijo los fines de semana desde el Sabado a las 10:00 a.m., hasta el domingo a las 04:00 p.m, El niño será recogido y devuelto a su residencia por su hijo ALBERTO JIMENEZ u otra persona autorizada por el padre y la madre previamete. SEGUNDO: El niño compartirá con su hijo, Semana Santa, y Carnaval de manera alterna, cada año entre padre y la madre. TERCERO: El padre compartirá con su hijo 24 o 31 de diciembre de modo alterno con la madre.”
Revisado como ha sido el acuerdo suscrito por los progenitores del niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES y siendo que el mismo no vulnera sus derechos, por cuanto el RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR es una de las Instituciones Familiares susceptible de conciliar por las partes, es por lo que se procede a Homologar el acuerdo presentado por el FISCAL DÉCIMO SÉPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO, ABG. MARÍA JOSÉ FERNÁNDEZ GARCÍA DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, quien conforme a la ley tiene competencia para conciliar.
En consecuencia, este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 385, 387 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA el acuerdo extrajudicial y en consecuencia ordena se tenga como sentencia firme.
Expídanse por Secretaría las copias certificadas que soliciten las partes. Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, a los 11 días del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2.018). Año 208º y 159º.
LA JUEZ NOVENA DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION,
ABG. ANAMINTA PEÑALOZA ESPINOZA
LA SECERTARIA
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 981 -2018 y se publicó siendo las 03:30 p.m.
LA SECRETARIA
APE/Mariangel Colmenares.-
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