REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, treinta y uno (31) de mayo del 2018
208° y 159°
ASUNTO: KP02-S-2018-1809
Vista la solicitud de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, formulada por los ciudadanos LENNY DEL CARMEN CAMACARO BRACHO, DENNYS TAGNLY MENDOZA CAMACARO, LAURENT ANDREINA MENDOZA CAMACARO y PATRICIA CONSTANZA MENDOZA CAMACARO, cédula de identidad Nos. 4.720.699, 14.512.242, 15.668.531 y 20.187.858, en contra de los ciudadanos YSIDRO ANTONIO ARRIECHE PEÑA Y OTILIO RAFAEL ARRIECHE PEROZO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. 11.883.048 y 22.334.130; este Tribunal conforme a lo establecido en el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, apercibe a los demandantes para que en un lapso de tres (3) días de despacho siguientes al de hoy, adecué la demanda de acuerdo a las exigencias previstas en el procedimiento ordinario Agrario.
El Juez,

Abg. Ronald Dorante P. La Secretaria Acc,

Abg. Sandra Calderón
RD/SC/hc