REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 24 de Octubre de 2018
208º y 159º
Visto que éste Tribunal en la presente solicitud, programó mediante auto de admisión de fecha 19 de Octubre de 2018 la realización de una inspección judicial de conformidad con lo establecido en el artículo 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y dada la incomparecencia de la parte solicitante para la realización de dicho acto judicial en el tramite de la referida medida, es por lo que éste Tribunal declara DESIERTO el acto de celebración de la inspección judicial y ordena la remisión de la presente solicitud al archivo del Tribunal. Cúmplase.-
El Juez,
ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ
La Secretaria,
ABG. MELDRY GABRIELA CASTILLO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria,
ABG. MELDRY GABRIELA CASTILLO
Exp JAP-395-2018.-
JGRG/MGC/OE.-