REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 15 de Octubre de 2018
209º y 160º
ASUNTO: KP02-H-2018-00001218
SOLICITANTES: JHONALBERLIS ANDRAMI LAYA MEDINA y YENSI FRANCISCO HERNANDEZ GIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs V-18261894 y V-25140894 respectivamente, y de este domicilio.
BENEFICIARIO(S):
FECHA DE NACIMIENTO: 29/05/2017
FECHA DE ENTRADA:
MOTIVO: HOMOLOGACION Régimen de Convivencia Familiar
DERECHOS PROTEGIDOS: Derecho a tener una familia

Por recibido en fecha 04/10/2018 el escrito que antecede y los recaudos anexos, suscrito por el DEFENSORIA INTEGRAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES "NACIDOS PARA TRIUNFAR FORTALECIDOS EN EL AMOR" de esta Circunscripción Judicial, a instancias de los ciudadanos JHONALBERLIS ANDRAMI LAYA MEDINA y YENSI FRANCISCO HERNANDEZ GIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs V-18261894 y V-25140894 respectivamente; en beneficio de; este Tribunal le da entrada y lo admite de conformidad con el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescente, cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley al respecto se observa del acta levantada por el DEFENSORIA INTEGRAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES "NACIDOS PARA TRIUNFAR FORTALECIDOS EN EL AMOR" que el acuerdo al cual llegaron las partes se especifica a continuación:

“PRIMERO: En acuerdo entre las partes el padre compartira un fin de semana con el padre y un fin de semana con la madre, entre la semana el padre podra buscarla al lugar del domicilio de la madre ubicado en la siguiente direccion: San francisco sector 4. SEGUNDO: en acuerdo entre las partes todo lo que no comprende a las vacaciones escolares: una semana con la madre una semana con el padre, en carnaval, semana santa, dias feriados y cumpleaños de la niña un año con la madre y al otro con el padre, de manera equitativa y alternada. TERCERO:En acuerdo entre los padres todo lo que comprende a epocas decembrinas. el 24 de diciembre con el padre y el 31 de diciembre con la madre. Es todo.-”

Revisado como ha sido el acuerdo suscrito por los progenitores del beneficiario(a) y siendo que el mismo no vulnera sus derechos, por cuanto el Régimen de Convivencia Familiar es una de las Instituciones Familiares susceptible de conciliar por las partes, es por lo que se procede a Homologar el acuerdo presentado por el DEFENSORIA INTEGRAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES "NACIDOS PARA TRIUNFAR FORTALECIDOS EN EL AMOR" de esta Circunscripción Judicial, quien conforme a la ley tiene competencia para conciliar.

En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 385, 387 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA el acuerdo extrajudicial y en consecuencia ordena se tenga como sentencia firme.

Expídanse por Secretaría las copias certificadas que soliciten las partes. Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, a los 15 días del mes de Octubre de dos mil dieciocho (2018). Año 209º y 160º.

LA JUEZ TERCERA DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION,



ABG. ANDREINA MARGARITA MARRELLI PALENCIA
La Secretaria,


En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1068-2018 y se publicó siendo las 10:50 a.m
La Secretaria,

AMMP/Nerieska Asuaje.-/*