REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticuatro de octubre de dos mil dieciocho
208º y 159º

ASUNTO: KP02-S-2018-002984
SOLICITANTE: YUSBELI YANETH RODRIGUEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.649.613, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: MARCIAL ATACHO PERAZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°158.850.
Motivo: TITULO SUPLETORIO
En fecha 09/08/2018, se recibió en este despacho de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD Civil), solicitud de YUSBELI YANETH RODRIGUEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.649.613, de este domicilio, debidamente asistidas por el abogado en ejercicio MARCIAL ATACHO PERAZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°158.850, donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, sobre las bienhechurías que ha construido con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente CIENTO VEINTIOCHO METROS CON OCHENTA CENTIMETROS CUADRADOS (128,80 MTS2) con un área de construcción aproximadamente de VEINTE METROS CUADRADOS (20 MTS2), ubicado en Via Buena Vista. Barrio La Batalla, Sector 5, Calle 3 Francisco de Miranda, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara, ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: En línea de 9,20 metros, con calle 3 francisco de miranda, que es su frente; SUR: En línea de 9,20 metros, con terreno desocupado, ESTE: En línea de 14,00 metros, con casa y terreno ocupado por Francis Escalona y; OESTE: En línea de 14,00 metros, con casa y terreno ocupado por Estefany Peñaloza. Dichas bienhechuría están constituida por: Una casa con paredes de zinc, piso de cemento, techo de zinc, una habitación, una sala- cocina-comedor, un baño externo, con cuatro años de ocupación, las cuales tienen un valor de DOSCIENTOS BOLIVARES SOBERANOS (Bs.S. 200,00).

En fecha 10/08/2018 se admite en Derecho y se exhorta a tomar la declaración de los testigos que presente la parte interesada.

En fecha 10/10/2018; se procedió a escuchar los testigos que presentó la parte interesada, identificados como YALITZA MERCEDES BAEZ mayor de edad venezolana, mayor de edad cedula de identidad N°V-9.620.763 y a WILFREDO JOSE ESCALONA, mayor de edad venezolano cedula de identidad N° V- 9.625.170.

Siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a analizar lo siguiente:

DECISION.
Con mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana y tomando en consideración las declaraciones de los testigos identificados en auto, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan Tener, este Tribunal Administrando Justica, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana YUSBELI YANETH RODRIGUEZ ya identificada, asistido por el Abogado en ejercicio MARCIAL ATACHO PERAZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°158.850, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los 24 DIAS DEL MES OCTUBRE DEL AÑO 2018. Años: 208° y 159º.
La Juez Suplente


Abg. Josmery E Parra De Montes

La Secretaria Suplente


Abg. Isbelys Sánchez

















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