REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO
CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION CENTRAL
Valencia, 15 de octubre de 2018
208° y 159°
Exp. Nº 0714
SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 4630
El 27 de enero de 2006 se dio entrada en este tribunal al recurso contencioso tributario subsidiario al recurso jerárquico interpuesto el 01 de noviembre de 2001 por el ciudadano Andrés Segundo Morales Leal, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.078.835, actuando en su propio nombre y debidamente asistido por el abogado Pedro Segundo Pimentel Briceño, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 22.405, interpuso recurso contencioso tributario subsidiario al recurso jerárquico de conformidad con el artículo 259 del Código Orgánico Tributario, ante la Gerencia Regional de Tributos Internos del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), contra el acto administrativo contenido en la Resolución Culminatoria del Sumario Nº GRTI-RCE-SM-ASA-01-000030 del 22 de octubre de 2001, mediante la cual esta institución determinó un reparo fiscal a la contribuyente por un monto total de dos millones cuatrocientos doce mil ochocientos cinco bolívares exactos (Bs.2.412.805,00) por concepto de infracciones en materia de impuesto sobre la renta (retenciones) intereses y multa para el periodo investigado comprendido desde enero a diciembre de 1996.
El 09 de marzo de 2009 se dicto sentencia definitiva Nº 0602 la cual declaro:
1) SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por el ciudadano Andrés Segundo Morales Leal, actuando en su propio nombre y debidamente asistido por el abogado Pedro Segundo Pimentel Briceño, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 22.405, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Culminatoria del Sumario Nº GRTI-RCE-SM-ASA-01-000030 del 22 de octubre de 2001, emanado de la Gerencia Regional de Tributos Internos del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), mediante la cual determina un reparo fiscal a la contribuyente por un monto total de dos millones cuatrocientos doce mil ochocientos cinco bolívares exactos (Bs.2.412.805,00) por concepto de infracciones en materia de impuesto sobre la renta (retenciones) intereses y multa para el periodo investigado comprendido desde enero a diciembre de 1996.
2) CONDENA al pago de las costas procésales a Andrés Segundo Morales Leal., por una cifra equivalente al diez (10%) del monto del recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 327 del Código Orgánico Tributario.
De la revisión exhaustiva del presente expediente, se observa que en la presente causa se ha vencido el lapso establecido para el cumplimiento voluntario de la sentencia definitiva Nº 0602 dictada el 09 de marzo de 2009 por este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, razón por la cual de conformidad con el artículo 288 del Código Orgánico Tributario, ordena remitir este expediente número 0714 (Nomenclatura de este tribunal) mediante oficio a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), con el fin de que sea la Administración Tributaria antes mencionada para que proceda a la Ejecución Forzosa de la Sentencia cuya obligaciones Tributarias a su favor. Así se establece. Líbrese oficio. Déjese copias de la presente decisión. Cúmplase con lo ordenado. .
Publíquese y Regístrese. .
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, a los quince (15) días del mes de octubre de dos mil dieciocho (2018). Año 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
El Juez,
Abg. Pablo José Solórzano Araujo.
La Secretaria Accidental,
Abg. Amalia Martínez
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria Accidental,
Abg. Amalia Martínez
Exp. Nº 0714
PJSA/am/jc
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