REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CRESPO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Duaca, 04 de Abril de 2019
AÑOS: 208º y 159º
Vista la solicitud presentada por la ciudadana CHAVEZ DE CASTILLO, MARÍA BARTOLA, venezolana, mayor de edad, hábil, titular de la cédula de identidad N° V-3.878.110, actuando en nombre y representación de la ciudadana CASTILLO CHAVEZ, ALBA LUZ, titular de la cédula de identidad N° V-9.117.908, según consta poder debidamente protocolizado por ante la oficina del Registro Público con Funciones Notariales del Municipio Crespo, Estado Lara, quedando inserto bajo el N° 21, Folio 106, Tomo 3, del Protocolo transcripción de fecha 31/08/2012, de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio FRAY MIGUEL CASTILLO CORDERO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 256.938. Désele entrada en el Libro de Solicitudes; éste Tribunal conforme a lo expresamente dispuesto y establecido en los Artículos 1.364 del Código Civil, 444 y 631 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA RECONOCIDO el Documento Privado producido al efecto por la solicitante, plenamente identificados en autos, instrumento que corre inserto a los folios 3 al 6 frente y vuelto de las presentes actuaciones, el cual consiste en un Documento Privado que trata sobre la firma de un contrato de arrendamiento de un local de uso comercial identificado con el N° 4, ubicado en la Av. Tricentenaria entre Carrera 10 y Calle 10 y Av. 11, Sector Pueblo Nuevo, Parroquia Freitez, Municipio Crespo, Estado Lara, cuya descripción e identificación se señala en dicho instrumento, celebrado entre los ciudadanos CHAVEZ DE CASTILLO, MARÍA BARTOLA, en representación de la ciudadana CASTILLO CHAVEZ, ALBA LUZ, titular de la cédula de identidad N° V-9.117.908 y el ciudadano MAHANNA AKRAN, titular de la cédula de identidad N° E-84.421.447, en representación de la Sociedad Mercantil ABASTO CARNICERIA Y FRUTERIA MHANA, C.A., ya identificados. Devuélvase lo actuado original al solicitante, previa constancia que de ello se deje en el Libro Diario del Despacho. Cúmplase.-
El Juez,
Abg. Richard Alexander Valera Quevedo.
La Secretaria Acc.,
Maryluz López Pérez.
Seguidamente se le dio entrada bajo el No 040-2019.-
La Secretaria Acc.,
Maryluz López Pérez.
RAVQ/mlp
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