REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
BARQUISIMETO, NUEVE (09) DE ABRIL DE DOS MIL DIECINUEVE
208º Y 160º


ASUNTO: KP02-A-2019-000006

Vista la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, intentada por el ciudadano JOSE RAFAEL CAÑIZALES, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 7.442.416, actuando en representación de la empresa COMERCIALIZADORA MULTIENVASES C.A., en su carácter de Director General de la misma, constituida mediante documento inscrito en el Registro Mercantil Primero del Estado Lara, en fecha 07 de febrero del 2007, anotado bajo el No. 38, Tomo 7-A, e inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el No. J-29395626-9, asistido por la Abogada ANA BELKIS MONASTERIOS CAMPOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 31.835, en contra del ciudadano JULIO CESAR GIL GARCIA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 1.877.544; este Tribunal conforme a lo establecido en el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, insta a la parte demandante para que en un lapso de tres días de despacho, indique con precisión los fundamentos de hecho en que se basa su pretensión.

La Juez, La Secretaria,


Abg. Maryelis D. Duran Abg. María C. González R.