REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CRESPO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Duaca, 13 de Agosto de 2019
Años: 209º y 160º
SOLICITUD: 120-2019
Vista la declaración rendida en fecha 12/08/2019 por la ciudadana: MONTERO SILVA ROSSI MARIBITH, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-22.335.474, este Tribunal conforme a lo expresamente dispuesto y establecido en los Artículos 1.364 del Código Civil, 444 y 631 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA RECONOCIDO el Instrumento Privado producido al efecto por los solicitantes, ciudadanos: DURAN MONTERO HILDEMARO ROBERTO y QUIÑONEZ SILVA BRIGITH MARILEXYS, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 22.335.191 y V- 23.904.943, respectivamente, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio FREDDY CORDERO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 92.471, plenamente identificados en autos, que corre inserto al folio dos (02) frente y vuelto de las presentes actuaciones, el cual versa sobre la venta de un inmueble constituido por una vivienda y el lote de terreno propio sobre el cual esta edificada, situada en el callejón 1, sector La Malvinas, Barrio San Juan, Parroquia Buenaventura Freitez, Municipio Crespo del estado Lara, cuya descripción e identificación se señala en dicho instrumento, celebrado entre los ciudadanos: DURAN MONTERO HILDEMARO ROBERTO, QUIÑONEZ SILVA BRIGITH MARILEXYS y MONTERO SILVA ROSSI MARIBITH, ya identificados. Devuélvase lo actuado en original al solicitante, previa constancia que de ello se deje en el Libro Diario del Despacho. Cúmplase.-
El Juez: La Secretaria Acc:
Abg. Richard Alexander Valera Q. Maryluz López Pérez.
RAVQ/aiv
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