REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CRESPO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Duaca, 14 de Agosto de 2019
Años: 209º y 160º
SOLICITUD: 129-2019
Vista la declaración rendida en fecha 12/08/2019 por el ciudadano: RAMIREZ HERNANDEZ AMABLE, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad N° V- 11.840.754, este Tribunal conforme a lo expresamente dispuesto y establecido en los Artículos 1.364 del Código Civil, 444 y 631 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA RECONOCIDO el Instrumento Privado producido al efecto por el solicitante, ciudadano: ALEJOS BRICEÑO LUIS MIGUEL, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.641.729, de este domicilio, asistido por el Abg. DAVID ALVAREZ MATA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 69.896, que corre inserto al folio cuatro (04) frente y vuelto de las presentes actuaciones, el cual versa sobre la venta de un inmueble constituido por dos (2) parcelas identificadas como parcela N° 105 y parcela N° 106 de terreno propio, ubicadas en el sector carrizal, parcelamiento Carrizal Parroquia José María Blanco, Municipio Crespo del Estado Lara, la parcela N°105, esta distinguida con el numero 1B-04, la cual posee un area aproximada de ciento cincuenta metros cuadrados (150Mts2) comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: con parcela 2B-04; SUR: con calle 1-B que es su frente; ESTE: con parcela 1B-05; OESTE: con parcela 1B-03. La Parcela N°106, esta distinguida con el numero 1B-05 la cual posee un area aproximada de ciento cincuenta metros cuadrados (150Mts2) comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: con parcela 2B-05; SUR: con calle 1-B que es su frente; ESTE: con terrenos que son o fueron de Grasiela Miranda de Biaggini; OESTE: con parcela 1B-04. El contrato en cuestión, fue celebrado entre los ciudadanos: ALEJOS BRICEÑO LUIS MIGUEL y RAMIREZ HERNANDEZ AMABLE, ya identificados. Devuélvase lo actuado en original al solicitante, previa constancia que de ello se deje en el Libro Diario del Despacho. Cúmplase.-
El Juez: La Secretaria Acc:
Abg. Richard Alexander Valera Q. Maryluz López Pérez.
RAVQ/aiv
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