REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






TRIBUNAL VIGESIMO QUINTO (25°) DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, 09 de agosto de 2019
Años 209º y 159°

Vista la diligencia del 05 de agosto de 2019, suscrita por el abogado FRANCISCO ALEMAN PLANCHART, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 15.205.048, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 119.840, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARIA DOLORES MAGDALENA OLGA ROTOLO de MONTESINOS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 6.822.433; mediante la cual dio cumplimiento a lo ordenado por providencia del 10 de junio de 2019, explicando el motivo del cambio de testigo ofrecido y admitido por el tribunal. Este Tribunal ordena agregarla a los autos con la finalidad que surta su efecto legal, en consecuencia; sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y conforme con lo establecido en el artículo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS a favor de las ciudadanas DOLORES MAGDALENA OLGA ROTOLO de MONTESINOS, MARIANA ALEJANDRA MONTESINOS ROTOLO, JOHANA MARIANA MONTESINOS ROTOLO y GIULIANA REBECA MONTESINOS ROTOLO, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.822.433, V- 15.804.728, V- 17.559.394 y V- 19.380.959, respectivamente. Causahabientes del De Cujus JUAN DE JESUS MONTESINOS ALCALA quien en vida era venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 3.949.899, quien falleció el 09 de agosto de 2019, en el Municipio Baruta, del Estado Bolivariano de Miranda. Así se decide.-
Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a las interesadas de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados los fotóstatos correspondientes.-
Devuélvase el presente Expediente en original con sus resultas.- Cúmplase.-
LA JUEZ,


Abg. ENEIDA J. TORREALBA C.

LA SECRETARIA TITULAR,


Abg. THAIS PINO CASANOVA.