REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 16 de Enero de 2019
208º y 159º
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto y vista la diligencia que antecede, suscrita por el abogado Antonio José Sánchez Moreno, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.669.739, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA), bajo el Nº 144.920, actuando en este acto en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Cesar Luís Vargas Castillo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.219.445, mediante la cual solicita la devolución de los documentos originales insertos a los folios 312 al 334 en el presente asunto; en consecuencia, este Tribunal Agrario acuerda de conformidad con lo solicitado. En tal sentido, ordena devolver los documentos origínales solicitados por el identificado abogado, quedando en su lugar copias debidamente certificadas de los mismos. Asimismo, se ordena al efecto la refoliatura de las referidas copias certificadas, tal como lo establecen los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, norma adjetiva aplicada supletoriamente.
El Juez,
Abg. JOSE GREGORIO RODRÍGUEZ GONZALEZ
La Secretaria,
Abg. MELDRY CASTILLO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria,
Abg. MELDRY CASTILLO
EXPEDIENTE Nº. JAP-364-2017
JGRG/MC/OE.-